¿Por qué debemos saber sobre Seguridad e Higiene Laboral?

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¿Por qué debemos saber sobre Seguridad e Higiene Laboral?
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CRISAL - LIC. CRISTIAN OMAR ALTAMIRANO

¿POR QUÉ DEBEMOS SABER SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL?



Altamirano, Cristian Omar

¿Por qué debemos saber sobre Seguridad e Higiene Laboral? / Cristian Omar Altamirano. - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Autores de Argentina, 2021.

Libro digital, EPUB

Archivo Digital: descarga y online

ISBN 978-987-87-1768-5

1. Higiene y Seguridad del Trabajo. I. Título.

CDD 331.25

EDITORIAL AUTORES DE ARGENTINA

www.autoresdeargentina.com

info@autoresdeargentina.com

Queda hecho el depósito que establece la LEY 11.723

Impreso en Argentina – Printed in Argentina

Capítulo 1 El inicio de la actividad contractual por medio del primer eslabón, el empleado…
Servicios de higiene y seguridad en el trabajo

Por qué debemos saber qué es la seguridad e higiene, desde el concepto filosófico, se dice que la seguridad y salud laboral, es decir, higiene y seguridad en el trabajo, resultan ser un proceso interdisciplinario, generalmente originado, para intervenir en las relaciones de trabajo por parte del empleado y del empleador.

Ante esta descripción debemos entender que la higiene y seguridad en el trabajo resultan ser medidas preventivas para fundamentalmente y en primera instancia proteger la vida y la integridad psicofísica del empleado/a, posteriormente prevenir, reducir y aislar los riesgos dentro de las posibilidades existentes y en tercera instancia incentivar la actitud positiva en cuanto a la prevención, tarea que el prevencionista debe tomar como eje central de sus tareas inherentes a sus funciones, las cuales a muchos dependiendo de su formación, vocación y por qué no, interés, le resultarán en un sumo de complejidades casi titánicas.

Sírvase citar: (Art. 10) Decreto 1338/98 – B.O. 28-11-96, Reglamentación de higiene y seguridad en el trabajo: Servicio de higiene y seguridad en el trabajo tiene como misión fundamental implementar la política fijada por el establecimiento en la materia, tendiente a determinar, promover y mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de trabajo. Asimismo deberá registrar las acciones ejecutadas, tendientes a cumplir con dichas políticas.

Por ello es dable comprender que en dichas relaciones de trabajo entre partes, siempre hablando en los términos de higiene y seguridad en el trabajo, el compromiso y la vocación son fundamentales.

Estas normas o técnicas descriptas se deberán adaptar juntamente con las reglamentaciones de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo (leer Ley nacional 19587), en todo el territorio argentino, asimismo y aunque las prestaciones de trabajo se efectúen por terceros, el prevencionista no debe olvidar que serán solidariamente responsables del cumplimiento de las disposiciones de la ley de seguridad higiene en el trabajo 19587.

Sírvase citar: (Ley N.º 19587, sancionada y promulgada 21-IV_72: B.O.: 28-IV-72 ).

Al margen de las aplicaciones de las técnicas de corrección en los ambientes de trabajo, la fijación de principios orientadores, la determinación de condiciones mínimas de seguridad higiene, las recomendaciones internacionales que resulten aconsejables y adecuadas para la prevención de incidentes y accidentes laborales deben ser primordialmente esenciales para el prevencionista, al momento en que deba reconocer y dar a conocer rápidamente las variaciones en los cambios, tales como roturas, daños parciales o funcionales, fallas de aplicación y funcionabilidad de instalaciones y artefactos eléctricos, herramientas, equipos de protección personal de los trabajadores/as, etc., a los fines de poner fin a la tarea en forma previsional y de seguridad para evitar un mal mayor o a los fines de dar inicio a las remediaciones de ingeniería necesarias.

Sírvase citar: Artículo 4, inciso i), artículos 6, 7 y 8, de la ley 19587.

El empleado

Concepto que toma consistencia en su ser desde el momento en el que las partes mencionadas, es decir el EMPLEADO (persona que asume las actividades laborales designadas y dirigidas por un tercero o una institución a cambio de una remuneración dinero) y el EMPLEADOR, esta denominación se trata nada más y nada menos que de la parte que otorga el trabajo y a su vez la remuneración, el salario, la paga. Estas dos partes son el inicio de una relación armónica por definición en principio, la cual según sus condiciones naturales puede persistir y perpetuarse en el tiempo o más allá de él, o bien truncarse por decisión de una de ellas, el claro ejemplo sería la extinción laboral, la cual se suscitará por varios factores como por ejemplo: la mala paga, factores sociales externos e internos, que influirán directamente en el juicio de cada uno de los mencionados y así sucesivamente se irán agregando más inconvenientes al respecto. Ahora bien, volviendo al renglón de inicio por qué, debo saber qué es la seguridad e higiene laboral, en suma, de las mínimas descripciones que se fueron denotando se puede decir que el conocimiento de la ciencia de la seguridad e higiene en el trabajo va a marcar las condiciones de vida laboral sin restricciones, de las personas, cualquiera sea su sexo y condición social, su clase política, su creencia religiosa y hasta su estatus acorde a su generación.

Y por qué hacemos estas referencias, porque la falta del conocimiento, entre otras cosas, genera el aumento de indisciplina laboral, en cualquiera de sus niveles, siempre hablando en esta primera instancia, por parte del empleado, esta indisciplina hace que las interrelaciones en el ámbito del trabajo no siempre lleguen a prosperar.

Ante lo mencionado el prevencionista debe reconocer sin perjuicio de lo que la reglamentación obliga, al cumplimiento de los deberes del empleado, en el cuidado, el debido uso de los elementos de protección personal, los propios de las máquinas y equipos de trabajo para desarrollar y entendimiento de las técnicas necesarias de capacitación, conocimiento y por qué no enseñanza del trabajo, entre otros, en los capítulos venideros se desarrollarán las formas más precisas de capacitación.

Relaciones personales

En cuanto a las interrelaciones personales de trabajo, suelen surgir frecuentemente uniones laborales convenientes entre sí, es decir, cuando se asocian en un bien común. Ahora bien esto no implica que de dicha unión resulte una situación favorable, ya que en ciertas ocasiones esta unión puede tomar distintos tintes.

Una situación frecuente y estresante, para el prevencionista, siempre en la faz laboral, es cuando se rompe esa unión de bien común, la cual suele surgir de la ruptura por la clara falta de beneficios, es decir, cuando una de las partes ya no aporta lo que la otra necesita.

En el caso del trabajador, suelen demostrarse cambios radicales, en situaciones tales como por ejemplo, cuando se ilustra la simple ausencia o detrimento de la mano de obra, una situación que claramente dependiendo del grado de atraso laboral, rápidamente genera indicadores de alerta al establecimiento o empresa, de que algo claramente está fallando, por consecuencia estaría afectando la producción.

En el caso del empleador, también suele surgir por la disminución o el ocultamiento de tareas, y esto no implica una acción sobre la organización técnica de la labor de producción del establecimiento o la empresa, sino que se trata de una clara estrategia económica. ¡¡¡Suele suceder!!! Sí, es normal, y según el punto de vista empleado-empleador. No porque, como lo dijimos antes, se observa una clara falta de beneficios mutuos, sobre todo entiéndase, para una de las partes, “dentro de lo que se denominaría cultura del trabajo”, sin entrar en marcos legales donde las condiciones son menos renuentes y más simples, dicho esto por qué no se puede y no de debe incumplir o faltar a los derechos y obligaciones en ningún sentido, ya sea por parte representativa del EMPLEADO o el EMPLEADOR.

Estas frases resultan al oído humano muy técnicas y actualmente, aunque no lo parezcan, se limitan al conocimiento y la interpretación, en forma individual, por su connotación y no por su ser.

Dicho esto porque, aunque sean pocas personas las que incurran en este desconocimiento, y definiendo el género en su mínima expresión y ejemplificándolo en las siguientes personas a saber: (trabajador-empleador). Muchos no conocen el concepto de ajustarse a derecho dentro de las irregularidades que pudieran incurrir, siempre hablando en la faz laboral, ya sea por acción u omisión de una de las partes según le corresponda.

 

Aquí en este punto el prevencionista debe enmarcar estas acciones con mayúscula, una vez que las identifica, como profesional de la higiene y seguridad laboral, para interceder entre ambas partes, de manera tal que se solucione el conflicto y se reanude la labor armónica y sustentable para cada uno de los intervinientes, esto se establece mediante la comunicación fluida sin herir susceptibilidades de ninguna de las partes. Es decir, hacerles saber dónde se encuentra cada uno y a qué límites han llegado, brindar las herramientas para encauzar la situación y ejercer el asesoramiento ideal para demostrar que las irregularidades laborales se pueden corregir con el menor daño posible.

Pero para llevar a cabo estas acciones, el prevencionista debe indefectiblemente conocer las condiciones actuales de Higiene y Seguridad en el Trabajo, del establecimiento, todo ello para, en primera medida, poder adoptarlas y ajustarlas de ser necesario, por supuesto primero en el establecimiento. Posteriormente en el personal a esta altura hay que aclarar que, siempre y en todos los casos, se deberá sumarle al criterio profesional el cumplimiento y respeto de los preceptos de las leyes y las reglamentaciones que se pudieran llegar a dictar para su cumplimiento, en el marco legal de la seguridad e higiene laboral.

Hoy es muy difícil que ambas partes logren un bien común, puntualmente porque no existe una cultura implícita de ambas parte, en exponer estos hábitos laborales, la cultura general se ha modificado, las necesidades individuales han cambiado y obviamente se han incrementado, de ser lo que antes era algo simple y mundano, a ese algo más tácito y tangible.

Se puede llegar a pensar que el trabajador prospera de modo individual, ya que lo colectivo resulta algo más impensado, es más común ver que crecen las expectativas unipersonales y atrás y muy lejos quedaron las experiencias seguidas de anécdotas de trabajo compartidas y ni hablar de transmitirlas.

Muchas veces ese crecimiento individualista se evidencia de la mano de una seudo responsabilidad, que, lejos de ser una facultad que nace del propio ser, es una mera fachada, la cual es muy peligrosa, porque genera una falsa sensación de confianza y seguridad, situación en la que el prevencionista debe actuar en consecuencia, y deberá adiestrar sus sentidos para percatarse de esta escenografía montada por parte de él o los individuos que la apliquen, ya que tiene como objetivo imponer en terceros un perfil que no es real, pero que es sumamente beneficioso para su persona, ya sea en la faz económica, laboral o social dependiendo del enfoque que se le dé.

Por lo que no resulta descabellado pensar que actualmente ya no es evidente la cultura de enseñar, transmitir conocimiento o la preocupación para que el otro aprenda, es en este mundo donde el prevencionista comienza a circundar más allá del bagaje de su conocimiento, a interrelacionarse con las partes, es decir, el trabajador principalmente, y el empleador en no menor medida, deberá crear un puente entre ambos para no solo sortear las dificultades que cada uno y a su nivel expondrán, sino que deberán adaptarse a cada una de las necesidades y de allí armar imaginariamente los perfiles que poseen en su contexto laboral, de esta manera se podrá discernir de la mejor forma posible con los medios que posea, y por sobre todo que le sean otorgados, desde el establecimiento o la empresa, todo ello con el fin de lograr una mejor cultura de trabajo.