Buch lesen: "Medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de Colombia"

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Medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de Colombia / Melissa Amaya Galeano [y otros] ; Paola Andrea Acosta Alvarado (editora académica). -- Bogotá : Universidad Externado de Colombia. 2021.

500 páginas : mapas, gráficos ; 24 cm.

Incluye referencias bibliográficas al final de cada capítulo.

ISBN: 9789587907636 (impreso)

1. Corte Interamericana de Derechos Humanos 2. Derecho internacional humanitario – Colombia 3. Medidas cautelares – Colombia 4. Prueba testimonial – Colombia 5. Protección de los derechos humanos – Colombia 6. Violación de los derechos humanos -- Colombia I. Acosta Alvarado, Paola Andrea, editora académica II. Universidad Externado de Colombia III. Título

341.5 SCDD 15

Catalogación en la fuente -- Universidad Externado de Colombia. Biblioteca.

diciembre de 2021

ISBN 978-958-790-763-6

© 2021, PAOLA ANDREA ACOSTA-ALVARADO (EDITORA ACADÉMICA)

© 2021, UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA

Calle 12 n.º 1-17 este, Bogotá

Teléfono (60 1) 342 0288

publicaciones@uexternado.edu.co www.uexternado.edu.co

Primera edición: diciembre de 2021

Diseño de cubierta: Departamento de Publicaciones

Corrección de estilo: Santiago Perea Latorre

Composición: María Libia Rubiano

Impresión y encuadernación: Xpress Estudio Gráfico y Digital S.A.S. – Xpress Kimpres

Tiraje: de 1 a 1.000 ejemplares

Prohibida la reproducción o cita impresa o electrónica total o parcial de esta obra, sin autorización expresa y por escrito del Departamento de Publicaciones de la Universidad Externado de Colombia. Las opiniones expresadas en esta obra son responsabilidad de los autores.

Diseño epub: Hipertexto – Netizen Digital Solutions


PAOLA ANDREA ACOSTA-ALVARADO LILIANA GUZMÁN LOZANO
MELISSA AMAYA GALEANO MARÍA MARTHA MUÑOZ ÁVILA
WENDY CÓRDOBA MORENO DANIEL RIVAS-RAMÍREZ
LAURA CAROLINA CORREA RAMÍREZ MILENA LILIANA RODRÍGUEZ TAMAYO

CONTENIDO

ESTUDIO PRELIMINAR SOBRE LAS MEDIDAS PROVISIONALES DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. CON ESPECIAL ÉNFASIS EN LOS CASOS RESPECTO DE COLOMBIA

Paola Andrea Acosta-Alvarado

Introducción

1. Las medidas provisionales como instrumento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

2. El alcance del proyecto de investigación “Medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de Colombia”

3. Los resultados del proyecto colectivo de investigación

Referencias

LOS ASUNTOS Y CASOS EN LOS QUE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS HA RESUELTO SOLICITUDES DE MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE COLOMBIA (1992-2019)

Paola Andrea Acosta-Alvarado

Introducción

1. Caso Caballero Delgado y Santana (1994-2011)

2. Asunto Giraldo Cardona y otros (1996-2015)

3. Caso Álvarez y otros (1997-2013) y Almanza Suárez (2013 a hoy)

4. Asunto Clemente Teherán y otros (1998-2003)

5. Asunto de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó (2000 a hoy)

6. Asunto de las Comunidades del Jiguamiandó y del Curvaradó (2003-2013)

7. Caso de la Masacre de Mapiripán (2005-2011)

8. Caso 19 Comerciantes (2004 a hoy)

9. Asunto Mery Naranjo y otros (2006 a hoy)

10. Asunto del Pueblo Indígena Kankuamo (2007-2011)

11. Caso Gutiérrez Soler (2007-2012)

12. Caso de la Masacre de La Rochela (2009-2017)

13. Asunto de la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz (2010)

14. Asunto de la Comisión Colombiana de Juristas (2010)

15. Caso Ávila Moreno y otros (Operación Génesis) (2013)

16. Asunto Danilo Rueda (2014 a hoy)

17. Caso Petro Urrego (2019)

A modo de conclusión. Algunos comentarios transversales sobre las medidas provisionales respecto de Colombia

Referencias

ANÁLISIS TRANSVERSAL DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE COLOMBIA: ESCRUTINIO DE LOS DATOS GENERALES

Daniel Rivas-Ramírez

Introducción

1. Hallazgos sobre las cuestiones procesales

2. Hallazgos frente a los elementos sustanciales de los casos

Conclusiones preliminares

Referencias

CRITERIOS DE PROCEDIBILIDAD DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS

Milena Liliana Rodríguez Tamayo

Introducción

1. Análisis de los criterios de gravedad, urgencia y daño irreparable con base en las resoluciones de la Corte Interamericana

2. Otros escenarios judiciales y doctrinales frente a los criterios para el reconocimiento de las medidas de protección

3. Reconstrucción de las nociones de gravedad, urgencia y daño irreparable

Referencias

EL TESTIMONIO COMO PRUEBA EN LAS DECISIONES DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN EL MARCO DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES

Wendy Córdoba Moreno

Introducción

1. Los medios de prueba en el trabajo de la Corte Interamericana

2. El testimonio en el régimen probatorio de la Corte Interamericana

3. El testimonio en las medidas provisionales dictadas en contra de Colombia

Conclusiones

Referencias

EL TERRITORIO: UN FACTOR DETERMINANTE EN EL DESARROLLO DEL CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA Y SU INCIDENCIA EN LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES POR PARTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

Melissa Amaya Galeano

Introducción

1. Los casos de violación de derechos humanos de comunidades colombianas, con medidas provisionales emitidas por la Corte Interamericana

2. El territorio como factor determinante en el conflicto armado colombiano y su incidencia en la adopción de medidas provisionales por parte de la Corte Interamericana

Conclusiones generales

Referencias

MEDIDAS PROVISIONALES DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS COMO MECANISMO DE PROTECCIÓN DE LOS DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO EN COLOMBIA

María Martha Muñoz Ávila

Introducción

1. Contextualización del conflicto armado interno en Colombia en el marco del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

2. Violaciones a los defensores de derechos humanos y líderes sociales como obstáculo para el desarrollo de su labor a lo largo del conflicto armado interno en Colombia

3. Adopción de medidas provisionales para contrarrestar la situación de los defensores de derechos humanos en Colombia. Análisis de las medidas

Conclusiones

Referencias

CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES DICTADAS POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS POR PARTE DEL ESTADO COLOMBIANO

Laura Carolina Correa Ramírez

Introducción

1. Análisis general del cumplimiento de las medidas provisionales dictadas por la Corte Interamericana por parte del Estado colombiano

2. Mecanismos institucionales dispuestos por el Estado colombiano para dar cumplimiento a las medidas provisionales

3. El impacto de los mecanismos institucionales en los datos de cumplimiento

Consideraciones finales

Referencias

LAS MEDIDAS PROVISIONALES PARA COLOMBIA: ENTRE EL CUMPLIMIENTO Y LA EFICACIA

Liliana Guzmán Lozano

Introducción

1. ¿Cómo ve la Corte Interamericana el cumplimiento?

2. Generalidades de las medidas provisionales ordenadas respecto de Colombia en el periodo de 1994 a 2019

3. ¿Se cumplen o no las medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana para Colombia?

4. Estándar de cumplimiento para la Corte Interamericana

Conclusiones generales y recomendaciones finales

Referencias

PARTICULARIDADES, ESTÁNDARES Y DESAFÍOS DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS: ANÁLISIS A PARTIR DE LOS CASOS COLOMBIANOS

Paola Andrea Acosta-Alvarado

Introducción

1. Rasgos generales de las medidas provisionales

2. Estándares que se desprenden de las medidas de protección

3. Efectos, nivel de cumplimiento y eficacia de las medidas provisionales

Palabras finales

Referencias

A MODO DE EPÍLOGO. LAS MEDIDAS PROVISIONALES DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RESPECTO DE COLOMBIA ENTRE LOS AÑOS 2020 Y 2021

Daniel Rivas-Ramírez

Introducción

1. Los casos en los que la Corte Interamericana resolvió solicitudes de medidas provisionales respecto de Colombia entre los años 2020 y 2021

2. Los datos generales que se pueden extraer a partir de un análisis sistemático de las seis resoluciones y su incidencia en las estadísticas globales

3. El análisis sustancial de las últimas resoluciones de medidas provisionales 492 Conclusiones

Referencias

NOTAS AL PIE

PAOLA ANDREA ACOSTA-ALVARADO
Estudio preliminar sobre las medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Con especial énfasis en los casos respecto de Colombia
INTRODUCCIÓN

Desde hace años el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) ha ganado popularidad en el contexto latinoamericano, no solo por la especial relevancia que han tenido sus decisiones para los Estados, sino también por sus impactos multidimensionales al interior de los ordenamientos jurídicos nacionales y de la cultura jurídica regional. En esa medida, la investigación y la producción académica en torno al trabajo que realizan tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como la Corte Interamericana (Corte IDH) son bastante profusas.

Pese a lo anterior, la amplia literatura que se encuentra sobre el Sistema Interamericano suele concentrarse en manuales de procedimiento, estudios jurisprudenciales o análisis orgánicos o sustanciales concretos. De allí que sea fácil encontrar trabajos sobre algún(os) derecho(s) humano(s) en concreto y sobre su evolución en el marco de la jurisprudencia de la Corte IDH; otros que identifican los famosos estándares interamericanos; y otros que incluso abordan la historia litigiosa de cada uno de los Estados que han reconocido la competencia contenciosa de la Corte Interamericana. Sin embargo, tal y como lo sostuve hace un par de años cuando se publicó el libro Jurisprudencia interamericana en los casos contra Colombia1, es más bien extraño encontrar investigaciones que realicen exámenes transversales de los casos que son llevados ante el Sistema.

Por esa razón, en aquella oportunidad decidimos emprender un proyecto colectivo en el que nos propusimos estudiar de manera completa y transversal todas las sentencias a través de las cuales la Corte Interamericana había condenado a Colombia en el periodo comprendido entre 1994 y 2016. Fue así como a partir de dicho ejercicio pudimos establecer los diferentes aportes, tanto procesales como sustanciales, que la historia contenciosa del país –ante la Corte IDH– había hecho para el desarrollo de los diferentes estándares interamericanos; pero también y lo que es más importante, nos fue posible identificar importantes patrones en cuanto a las graves violaciones a los derechos humanos que se cometen y se repiten en el país.

Tras los valiosos hallazgos que ofreció dicho proyecto, decidimos continuar con la iniciativa de hacer un estudio cuidadoso de Colombia ante el SIDH más allá de la principal dimensión de la competencia contenciosa de la Corte IDH. Fue así como emprendimos un segundo proyecto de investigación colectiva, esta vez sobre Medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de Colombia, a partir del cual se produjo esta obra.

En las próximas páginas ofreceremos algunas nociones preliminares sobre el alcance y contenido de la figura de las medidas provisionales como herramienta para la protección de los derechos humanos ante la Corte IDH; posteriormente presentaremos conceptual y metodológicamente el alcance y desarrollo del proyecto de investigación, para concluir introduciendo de manera breve los capítulos que integran este libro.

1. LAS MEDIDAS PROVISIONALES COMO INSTRUMENTO DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
1.1. LAS MEDIDAS PROVISIONALES COMO MECANISMO DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

Los mecanismos de protección temporal, tales como las medidas cautelares y las medidas provisionales, son herramientas que cuentan ya con larga historia en el marco de los procesos judiciales, inclusive en el derecho internacional de los derechos humanos2. No obstante, su uso ha estado tradicionalmente asociado a la protección de la integridad del proceso. Dentro de los diferentes supuestos que incluyen este tipo de mecanismos están normalmente la tutela de los bienes jurídicos en disputa, la protección de las partes que integran el proceso o la salvaguarda de la propia eficacia de la sentencia.

En razón de lo señalado, cuando se discutía lo que después se convertiría en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) la delegación de Costa Rica, en cabeza de José Luis Redondo Gómez, sugirió que el artículo 57 de dicho instrumento incluyera una disposición en sentido similar. Fue así como propuso que el instrumento estableciera que “La Corte podrá tomar las medidas provisionales que considere pertinentes, en situaciones de emergencia y cuando hubiera causa suficiente que lo justifique, en protección del derecho que se invoca como vulnerado”3. Dicha proposición no tuvo acogida por parte de la Comisión II de la Conferencia y fue rechazada.

Después, durante la tercera sesión plenaria de la Conferencia, Redondo Gómez insistió en la importancia de que la Corte pudiese adoptar algún tipo de medidas en aquellos casos donde hubiese una extrema gravedad y urgencia para evitar un daño irreparable, por lo que sugirió la inclusión de un párrafo adicional en el artículo 63 que versaba sobre la garantía del goce de derechos y la reparación de las vulneraciones, en el que se estableciera la figura de las medidas provisionales. En esta oportunidad y ante la presencia de un mayor número de delegaciones, la de Costa Rica consiguió que se incluyera la figura de las medidas provisionales en el seno de la Corte IDH en los siguientes términos: “En casos de extrema gravedad y urgencia, y cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las personas, la Corte, en los asuntos que esté conociendo, podrá tomar las medidas provisionales que considere pertinentes. Si se tratare de asuntos que aún no estén sometidos a su conocimiento, podrá actuar a solicitud de la Comisión”4.

Así, gracias a la insistencia de la delegación de Costa Rica, la competencia de la Corte IDH abarca no solo la posibilidad de conocer casos contenciosos, sino también la de resolver solicitudes de protección de los derechos humanos. De esta manera, al igual que como ocurre con las medidas cautelares ordenadas por la Comisión Interamericana, las medidas provisionales de la Corte IDH tienen una doble naturaleza que las hace especialmente importantes como instrumento jurídico en el marco de una lógica de protección de derechos humanos5. Por un lado, ostentan las características y la finalidad propias de las medidas cautelares del derecho procesal clásico –es decir, la protección de un supuesto jurídico–, y por el otro, la de ser verdaderos instrumentos tutelares –que protegen los derechos humanos–6.

Lo anterior quiere decir que las medidas provisionales fueron introducidas dentro de la CADH como un mecanismo adicional para que la jurisdicción interamericana pudiese ayudar a cumplir con los valores y objetivos de la Convención. En esa medida y para los efectos prácticos, se previó como una alternativa adicional para que aquellas personas que tengan en riesgo inminente la garantía de sus derechos humanos puedan acudir ante el juez interamericano para evitar que se configure un perjuicio irremediable. Así, la Corte IDH puede resolver de manera más ágil y dinámica situaciones de riesgo inminente para los derechos humanos.

Al respecto conviene señalar que, a diferencia de lo que ocurre con los casos contenciosos, para solicitar una medida provisional ante el juez interamericano no es necesario que el trámite ante la Comisión Interamericana haya concluido y, en consecuencia, tampoco es necesario que la Corte ya esté conociendo sobre el asunto en el marco de un caso contencioso. De hecho, esa es una de las características que enfatizan la naturaleza tutelar de este tipo de medidas.

A la fecha, la Corte IDH ha adoptado al menos 680 decisiones relacionadas con medidas provisionales frente a los Estados de la región7, de las cuales cerca de una sexta parte corresponde a Colombia8. Estos datos numéricos, tal y como lo señalábamos al principio, dan cuenta de lo frecuente que es el uso de este mecanismo y nos permiten entender con un poco más de claridad por qué hacer un estudio integral de las mismas es importante.

1.2. LAS PARTICULARIDADES PROCESALES DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES

Tras haber analizado la doble naturaleza de las medidas provisionales y la finalidad que persiguen, ahora corresponde estudiar la forma en la que operan. Para ello es necesario ofrecer una aproximación sistemática de las normas convencionales –en particular el artículo 63.2 de la CADH– y el Reglamento de la Corte IDH. A partir de dicho ejercicio podremos establecer con claridad cuáles son los supuestos en los que operan las medidas, quién puede solicitarlas, cuándo puede hacerlo, frente a quién y cuál es el alcance de las competencias del juez interamericano al respecto.

Naturalmente, lo primero que hay que señalar es que, tal y como lo explicamos en el acápite anterior, las medidas provisionales solo proceden en aquellos casos en los que, tal y como lo establece el artículo 63.2 de la CADH, haya extrema gravedad, urgencia y necesidad para evitar la ocurrencia de un perjuicio irremediable, tal y como se ahondará en el capítulo “Criterios de procedibilidad de las medidas de protección en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos”. Esto quiere decir que estos tres son elementos o requisitos sustanciales indispensables para que proceda la medida9.

Ahora bien, respecto a la legitimación por activa para la solicitud de las medidas provisionales, esto dependerá en buena medida del momento procesal ante el que nos encontremos, tal y como se puede entender de una interpretación simple del mismo artículo de la Convención. Resulta por tanto importante distinguir dos escenarios: cuando el asunto sobre el que versa la solicitud no está siendo conocido por la Corte Interamericana –pero sí por la Comisión– y cuando el caso ya hace parte de la lista de casos contenciosos en trámite ante el tribunal interamericano.

En el primero de los dos escenarios, es decir, cuando el asunto aún no es conocido por la Corte IDH, el único sujeto activo que podrá interponer la solicitud de medidas provisionales –de acuerdo con el artículo 63.2 de la CADH y el artículo 27.2 del Reglamento de la Corte– es la Comisión Interamericana10. Ahora bien, el que se haya previsto esta posibilidad constituye un importante indicio sobre la efectividad que tienen las medidas cautelares que adopta la Comisión en el marco de sus propios procedimientos y, en consecuencia, la necesidad de contar con un mecanismo más “fuerte” y más vinculante en lo que respecta a medidas temporales de naturaleza tutelar11.

En cambio, el segundo escenario en el cual se pueden solicitar medidas provisionales corresponde al marco de los casos contenciosos que se encuentran en trámite ante la Corte IDH. En concreto, el artículo 27.3 del Reglamento de la Corte permite a las víctimas, las presuntas víctimas y sus representantes solicitar aquellas medidas provisionales que tengan relación con el caso sobre el cual está conociendo la Corte IDH, con lo que las víctimas asumen una atribución más para el litigio directo de sus intereses ante el juez interamericano12. Sin embargo, el Reglamento de la Corte también prevé la posibilidad –en su artículo 27.1– de que la Corte, de oficio, ordene en cualquier estado del procedimiento las medidas provisionales que estime necesarias para evitar daños irreparables a las personas13.

Así mismo, hemos de señalar que las medidas provisionales, dada su naturaleza preventiva, tienen la posibilidad de tener diferentes beneficiarios. En tal sentido, la jurisprudencia interamericana ha entendido que este tipo de medidas pueden tener beneficiarios nominados –o individuales– como también beneficiarios innominados –o colectivos–. Esto se traduce en que las medidas pueden tener unos beneficiarios claros y bien definidos –como ocurre en el caso Caballero Delgado y Santana14–, o pueden proteger a un grupo abstracto de personas –como en el asunto de las Comunidades del Jiguamiandó y del Curvaradó15–.

Con relación a los demás requisitos para la presentación de la solicitud de medidas provisionales hemos de decir que son más bien flexibles, toda vez que el Reglamento de la Corte admite que la misma sea presentada ante cualquiera de los jueces –titulares16– o mediante la Secretaría de la Corte y posteriormente sea puesta en conocimiento de la Presidencia del tribunal.

Ahora bien, en cuanto a las cuestiones probatorias –y pese a que este aspecto será abordado con mayor detalle en el capítulo “El testimonio como prueba en las decisiones de la Corte Interamericana en el marco de las medidas provisionales”–, podemos señalar que, en principio, a las medidas provisionales les es aplicable el régimen general de pruebas que rige a los procedimientos contenciosos ante la Corte. Sin embargo, es necesario aclarar que el Reglamento de la Corte señala dos particularidades concretas sobre la libertad que tienen los jueces en materia probatoria: (i) que la Corte o la Presidencia podrán requerir –sea al Estado, a la Comisión o a los representantes– la presentación de mayor información sobre una solicitud cuando lo consideren posible e indispensable; (ii) y que podrán requerir de otras fuentes de información –diferentes a las partes– datos relevantes sobre el asunto que permitan apreciar la gravedad y la urgencia de la situación, así como también la eficacia de las medidas. Esto último supone que en el marco de las medidas provisionales también son admisibles como prueba los peritajes y los informes.

Por último, con relación al funcionamiento de las medidas provisionales podemos señalar que el mismo Reglamento previó algunas pautas relacionadas con el cumplimiento, la eficacia y el seguimiento a las medidas adoptadas. En tal sentido, es necesario señalar que la Corte puede dictar las providencias urgentes que sean necesarias para asegurar la eficacia de las medidas provisionales, y puede dar seguimiento a las mismas hasta que estime su levantamiento a raíz de la desaparición del riesgo o amenaza. También podrá convocar a una audiencia pública o privada para deliberar al respecto17. Para ello, los Estados presentarán informes en los que darán cuenta del cumplimiento de las medidas y los peticionarios, y la CIDH presentarán observaciones respecto de ellos, a partir de los cuales la Corte podrá determinar si continuar total o parcialmente con dichas medidas. Así mismo, anualmente incluirá las medidas que haya adoptado en el informe anual presentado a la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos.

Altersbeschränkung:
0+
Veröffentlichungsdatum auf Litres:
22 Oktober 2025
Umfang:
712 S. 54 Illustrationen
ISBN:
9789587907643
Rechteinhaber:
Bookwire
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