Buch lesen: «La presa El Cajón en el municipio de Tonalá»
La presa El Cajón en el municipio de Tonalá.
Análisis del modelo de ocupación y explotación del tramo urbano y fluvial
se editó en las oficinas de la Editorial Universidad de Guadalajara, José Bonifacio Andrada 2679, Lomas de Guevara, 44657. Guadalajara, Jalisco.
En la formación de este libro se utilizaron las familias tipográficas Minion Pro, diseñada por Robert Slimbach, y Ronnia, diseñada por Veronika Burian y José Scaglione.
Índice
Introducción
Capítulo 1. La presa El Cajón y sus alrededores
Capítulo 2. Planteamiento del problema y metodología de la investigación
Capítulo 3. Modelo de ocupación y explotación territorial de la presa El Cajón, contribuciones al desarrollo social y al desarrollo sustentable
Conclusiones
Referencias bibliográficas
Anexos
Agradecimientos
A la Universidad de Guadalajara y al Centro Universitario de Tonalá.
Al Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.
A la Universitat de Barcelona.
Al Dr. Jordi Bayona Carrasco.
A les Magnolias.
A José Luis, Malena, Male, Mónica y Vic.
Introducción
La Universidad de Guadalajara, en Jalisco, México, comenzó con el proyecto de desarrollo del Centro Universitario de Tonalá (CUT) en el año 2012 en los alrededores de la presa El Cajón. Esta zona era parte del ejido San José Tatepozco, pero por convenio federal le fueron expropiadas 48 hectáreas en este año, para posteriormente ser entregadas a la Universidad de Guadalajara para la gestión del tramo urbano y el cuidado del tramo fluvial.
Las siguientes páginas presentan una investigación cuyo objetivo es caracterizar el modelo de ocupación y explotación del tramo urbano y fluvial de la presa para, a partir de esto, realizar una interpretación y análisis del mismo y su contribución al desarrollo social local y sustentable, así como a la protección del medio ambiente. Para estos fines, este libro se divide en cuatro capítulos, desarrollados de la siguiente manera:
En el primer capítulo se plantea una caracterización territorial y socioeconómica del área de estudio, así como de los principales actores que coexisten en el tramo urbano y fluvial de la presa El Cajón.
En el segundo se desarrolla el planteamiento del problema de estudio y se describe la metodología empleada, así como un compilado de conceptos básicos que asentarán una base sólida y unificada en cuanto al marco teórico utilizado a lo largo de este trabajo.
El tercer capítulo recupera la información obtenida en el trabajo de campo referente a la investigación, para hacer una descripción de la evolución del modelo de ocupación y explotación del tramo urbano y fluvial y la caracterización del mismo actualmente; así mismo se relatan las acciones tanto positivas como negativas realizadas por los actores involucrados, que dan pie al desarrollo social, al desarrollo sustentable y al cuidado al medio ambiente de la zona, para concluir con la caracterización de las relaciones de convivencia de los actores que confluyen en el área.
Finalmente, en el cuarto apartado se exponen las conclusiones, en las que se recalca que es un tema de estudio que requiere de atención por parte del sector gubernamental y del sector académico; y que varias cuestiones que aquí se presentan quedan pendientes para futuras investigaciones, pues con el paso del tiempo evolucionarán sus condiciones.
Como anexo, en las últimas páginas, el lector podrá encontrar un listado de leyes, dictámenes, decretos y demás documentos de la legislación mexicana pertinentes al tema de estudio, en caso de que se desee profundizar en el tema.
Cabe destacar que este tema es de gran importancia para los organismos gubernamentales municipales, estatales y nacionales, para la Universidad de Guadalajara y en específico para el Centro Universitario de Tonalá, para los habitantes que se han visto beneficiados o perjudicados con el proyecto y para el desarrollo social y sustentable de la comunidad, así como para el beneficio y cuidado del medio ambiente del área en cuestión. De esta manera, los resultados aquí expuestos se pueden utilizar para mejorar las acciones que ya se realizan y generar nuevas que contribuyan al desarrollo sustentable de la zona.
Capítulo 1. La presa El Cajón y sus alrededores
Caracterización del territorio urbano y fluvial de la presa El Cajón
El municipio de Tonalá
México tiene una extensión de 1’964,000 km2, mientras que el estado de Jalisco cuenta con una superficie de 78,588 km2, lo cual representa el 4% del total del territorio del país. Por su parte, el municipio de Tonalá, que se encuentra situado en el estado de Jalisco, tiene una superficie de 156 km2, lo que significa el 0.20% de la superficie del estado. Éste está dividido en 125 municipios, dentro de ellos se encuentra Tonalá. Por su superficie, Tonalá es un municipio pequeño, ya que se ubica en la posición 112 con relación al resto de los municipios del estado.
El municipio de Tonalá tiene clima semicálido-semihúmedo. La temperatura media anual es de 21.1°C, mientras que sus máximas y mínimas promedio oscilan entre 31.7°C y 9.2°C, respectivamente. La precipitación media anual es de 1,000 mm, siendo el mes con mayor precipitación julio y el de menor precipitación marzo (IIEG, 2016).
Figura 1. Tonalá, Jalisco. Localización geográfica.
Fuente: IIEG, Instituto de Información Estadística y Geografía del Estado de Jalisco, “Mapa General del Estado de Jalisco, 2012”.
El estado de Jalisco ocupa el cuarto lugar en el país por su número de habitantes, que son 7’844,830 personas. Esto corresponde al 6.5% del total de la población de México, que es de 119’530,753 habitantes en el año 2015. La población de Jalisco se reparte en 4’009,761 mujeres y 3’835,069 hombres, con porcentajes del 51.11% y el 48.89%, respectivamente. En cuanto a la tipología de su asentamiento, en el estado el 87% de la población es urbana y el 13% es rural (INEGI, 2015).
Según el censo poblacional del año 2015, el municipio de Tonalá cuenta con una población de 536,111 habitantes, que representa el 6.8% de la población del estado de Jalisco, con 273,552 mujeres y 262,559 hombres, los cuales constituyen también el 51.03% y el 48.97% del total de la población del municipio, respectivamente. Si nos remontamos a 2010, la población en el municipio era de 478,689 habitantes, la tasa de crecimiento anual acumulativo para 2015 fue de 2.27% (IIEG, 2016). En el municipio de Tonalá, para el año 2010, el 97.8% de la población era urbana y el 2.14% rural (Gobierno del estado de Jalisco, 2013).
Tabla 1. Comparativo de población total y por sexo de México, Jalisco y Tonalá, 2015 | |||
Lugar | México | Jalisco | Tonalá |
Población total | 119 530 753 | 7 844 830 | 536 111 |
Mujeres | 61 000 000 | 4 009 761 | 273 552 |
Hombres | 58 000 000 | 3 835 069 | 262 559 |
Fuente: elaboración propia con datos del INEGI, Encuesta intercensal1 2015.
El municipio cuenta con cinco localidades: Tonalá, Coyula, Centro de Readaptación Social, Puente Grande y La Punta. Tonalá es la localidad más poblada con 408,759 personas, y representa el 85.4% de la población; le sigue Coyula con 29,674 personas que constituyen el 6.2% del total; Centro de Readaptación Social con 13,0171 personas que son el 2.7% de la población; Puente Grande con 5,664 personas que son el 1.2%, y La Punta con 4,889 personas que son el 1.0% del total municipal (IIEG, 2016).
El estado de Jalisco tiene una importante tradición migratoria a Estados Unidos, que se identifica desde finales del siglo XIX. Se estima que alrededor de 1.4 millones de jaliscienses viven actualmente en Estados Unidos, y 2.6 millones de personas nacidas en aquel país son hijos de padres de este estado. De acuerdo con el índice de intensidad migratoria calculado por el Consejo Nacional de Población (CONAPO), con datos del Censo de Población de 2010 del INEGI, Jalisco tiene un grado alto de intensidad migratoria, y ocupa el lugar decimotercero entre las entidades federativas del país con mayor intensidad migratoria (IIEG, 2016).
En Tonalá, el grado de intensidad migratoria es bajo, esto se infiere a partir de datos de remesas recibidas en los hogares del municipio, donde el 3.15% de las viviendas del municipio recibieron remesas en 2010; mientras que en 2000, el porcentaje fue de 3.43%. El municipio ocupa el lugar 118 de total de 125 municipios en el estado (IIEG, 2016, con base en estimaciones de CONAPO, 2010).
Conforme a la información del Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) de INEGI, el municipio de Tonalá cuenta con 18,691 unidades económicas en 2015, y su distribución por sectores revela un predominio de unidades económicas dedicadas al comercio, siendo éstas el 47.0% del total de las empresas en el municipio (IIEG, 2016). El sector servicios le sigue con un 37.8% de las unidades, la industria se sitúa en tercer lugar con un 15.2% y la agricultura definitivamente no figura en este directorio, a pesar de que sí existen personas que se dedican a este sector que, sin embargo, no es muy representativo.
Los censos económicos de 2014 registraron que en el municipio de Tonalá los tres subsectores más importantes en la generación de valor agregado censal bruto2 fueron el comercio al por menor de abarrotes, alimentos, bebidas, hielos y tabaco; la industria alimentaria; y el comercio al por menor de vehículos de motor, refacciones, combustibles y lubricantes, que generaron en conjunto el 29.4% del total del valor agregado censal bruto registrado en 2014 en el municipio (IIEG, 2016).
En cuanto a la población ocupada, el número de trabajadores permanentes y eventuales urbanos del municipio de Tonalá registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para diciembre de 2015, fue de 22,685 trabajadores. En función de los registros del IMSS, el grupo económico3 que más trabajadores tiene registrados dentro del municipio de Tonalá es servicios de administración pública y seguridad social, que en 2015 registró un total de 2,902 trabajadores asegurados concentrando el 12.79% del total de trabajadores en el municipio. El segundo grupo económico con más trabajadores permanentes y eventuales urbanos es el transporte terrestre, que para 2015 registró 2,892 trabajadores que representan el 12.75% del total de trabajadores a dicha fecha (IIEG, 2016, con base en datos del IMSS).
Desde una perspectiva medioambiental, y según el Índice Municipal de Medio Ambiente,4 Tonalá se ubica en el lugar 101 a nivel estatal, lo cual indica un desarrollo bajo del medio ambiente en comparación al resto de los municipios de la entidad. Según información de 2013, Tonalá se ubica en un acuífero no sobreexplotado, sobre el cual se registra un total de 107,260 viviendas particulares habitadas, de las cuales el 86.9% tienen disponibilidad de agua dentro de la casa o el terreno y el 95.92% cuentan con drenaje conectado a la red pública, fosa séptica u otros.
La cobertura del suelo del municipio se caracteriza por un escaso 3.8% de bosques, un 10.5% de selvas y un 42.7% destinado a la agricultura. En los últimos 25 años, el municipio ha recuperado 0.27 km2 de superficie con vegetación natural, aunque sigue presentando un 22.44% de la superficie con riesgo de erosión. En el ordenamiento ecológico territorial, el 67.95% de su territorio está bajo políticas ambientales de conservación. En términos de residuos sólidos urbanos, el municipio participa con el 6.16% del total estatal, equivalente a 462,892 toneladas generadas por día (IIEG, 2016).
El ejido San José Tatepozco
Los ejidos son una figura legal de México que nacen a raíz de la Revolución mexicana. Según Trujillo (2009), el ejido es el producto de un proceso legal denominado dotación; las tierras las recibe un núcleo de población. En su origen, pues, no hay una compra: las tierras se obtienen gratuitamente, y proceden de haciendas expropiadas, tierras del Estado, etcétera.
A partir de la Ley Agraria de 1992, se establece en su artículo noveno que “los núcleos de población ejidales o ejidos tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y son propietarios de las tierras que les han sido dotadas o de las que hubieren adquirido por cualquier otro título”. Y en sus artículos 10 y 11, la Ley Agraria describe las características jurídicas sobre los derechos legales que los ejidatarios ejercen sobre la tierra.
Acerca de las aguas pertenecientes a un ejido, la ley establece en su artículo 52 que el uso o aprovechamiento de las aguas ejidales corresponde a los propios ejidos y a los ejidatarios, según se trate de tierras comunes o parceladas.
Sin embargo, el artículo 27 de nuestra Constitución establece que:
“La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización. La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico […]” (Constitución Política de México).
Dicho esto, aunque exista la figura del ejido, la Nación siempre podrá definir y ejecutar la decisión de uso de tierras que mejor le convenga a la comunidad.
Aunque físicamente el ejido San José Tatepozco se encuentra dentro del municipio de Tonalá, políticamente pertenece a otro municipio, a Tlaquepaque, miembro también de la ZMG, en el estado de Jalisco.
La historia de creación y posteriores ampliaciones del ejido, así como varias expropiaciones que sufrió durante los últimos años, se enuncian en la tabla 2.
Tabla 2. Evolución del ejido San José Tatepozco, Tlaquepaque, Jalisco, México, 1928-2006 | ||||
Decreto presidencial | Publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) | Concepto | Hectáreas | Descripción/ Objeto |
02/02/1928 | 18/04/1928 | Dotación de tierras | 306-00-005 Ha | Constitución del ejido “San José Tatepozco”, municipio de Tlaquepaque, estado de Jalisco, para beneficiar a 125 campesinos capacitados en materia agraria. |
09/02/1938 | n/a | Ampliación de ejido al núcleo agrario | 632-00-00 Ha | Para beneficiar a 79 campesinos capacitados en materia agraria |
28/06/1976 | 18/10/1976 | Expropiación | 6-20-34 Ha | A favor de la Secretaría de Obras Públicas, para destinarlas a la construcción del tramo Zapotlanejo-Guadalajara, de la carretera México-Guadalajara |
29/07/1994 | 11/08/1994 | Expropiación | 74-74-99 Ha | A favor de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, para destinarlas a su regularización mediante la venta a los avecindados de los solares que ocupan, y para que construyan viviendas populares de interés social en los lotes que resulten vacantes. |
24/06/1997Tribunal Superior Agrario | 25/08/1998 | Ampliación de ejido al núcleo agrario | 43-19-58 Ha | Para beneficiar a 24 campesinos capacitados en materia agraria. |
15/08/2006 | 21/08/2006 | Expropiación | 38-68-98 Ha | A favor de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, para destinarlas a su regularización y titulación legal mediante la venta a los avecindados de los solares que ocupan, la venta de los lotes vacantes a los terceros que le soliciten un lote o para que se construyan viviendas de interés social, así como la donación de las áreas necesarias para equipamiento, infraestructura y servicios urbanos municipales en la zona. |
Fuente: elaboración propia con base en el Decreto del Diario Oficial de la Federación, DOF: 07/05/2012.
Rojas (2017: 7) menciona que, “en lo que concierne a las porciones ejidales, pensar en cambio del uso del suelo durante la década de los setenta implicaba evidentes conflictos sociales, […] sin embargo, al resto del municipio que según su geografía y uso del suelo, que en un principio se destinaron al cultivo y que posteriormente con decretos federales, se confirió el cambio de uso futuro a reservas de crecimiento regular y planeado”. Esto con la finalidad de proveer un mejor uso a los recursos, tanto de suelo como medioambientales y conforme a las necesidades que fueron surgiendo.
Sin embargo, no se pudo contener el avance en materia de impactos ambientales en el ejido, sobre todo en las zonas más empobrecidas, debido a varios factores que oportunamente describe Rojas (2017: 7): la dinámica del sistema urbano, las instituciones y el poder adquisitivo de grupos y sus flujos a los territorios más atractivos ocasionaron que las zonas poco atractivas por su entorno físico o desarrollo institucional y, por ende empobrecidas, experimentaran impactos ambientales por el enclave de las actividades productivas. Dichos territorios sirvieron para alojar vertederos de desechos urbanos e industrias altamente contaminantes. Un ejemplo de estas últimas son las ladrilleras, que para el funcionamiento de los hornos utilizan plástico PET, unicel, neumáticos y todo tipo de materiales inflamables con el afán de abaratar los costos de producción, pero que al mismo tiempo afectan seriamente al medio ambiente.
Expropiación del área de estudio y convenio de conservación del área federal
A raíz del estado del ejido en cuestión, y teniendo el municipio de Tonalá necesidades del tipo de rezago en materia medioambiental, en materia educativa, en materia de servicios para su población, se discutió la posibilidad de resolver algunas de estas cuestiones por medio de la construcción de un Centro Universitario de la Universidad de Guadalajara, el cual traería la capacidad de solventar algunas de estas necesidades.
Por esto, se presentó en el año 2011 ante la Secretaría de la Reforma Agraria, un expediente solicitando la expropiación de parte del ejido, para estos fines:
Por oficio sin número de fecha 11 de mayo de 2011, el Ayuntamiento Municipal de Tonalá solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 61-61-53.11 Ha, de terrenos pertenecientes al ejido denominado “SAN JOSÉ TATEPOZCO”, Municipio de Tlaquepaque, Estado de Jalisco, localizados físicamente en el Municipio de Tonalá, del propio Estado, para destinarlos a la construcción del Centro Universitario Multitemático por parte de la Universidad de Guadalajara, […] y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 13481, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio… (DOF, 7 de mayo de 2012).
Posteriormente se comprobó que existía una superficie real por expropiar de 48-10-65 hectáreas, de terrenos de temporal, de uso común, localizadas físicamente en el municipio de Tonalá.
Dentro de las consideraciones principales del decreto que están enfocadas a las necesidades tanto de los habitantes de la zona como la población de todo el estado, están establecidas las siguientes:
SEGUNDO.- Que la construcción del Centro Universitario Multitemático por parte de la Universidad de Guadalajara, tiene como objetivo principal abatir el rezago educativo existente en la zona, creando espacios culturales, equipamiento institucional, deportivo, turístico, social, y de rescate ecológico, fomentando un incremento en la matrícula del número de estudiantes de nivel superior en el Estado de Jalisco, y generando espacios educativos para 12,500 estudiantes. El proyecto aportará cuantiosos beneficios con el único fin de cumplir con los habitantes de esta zona Metropolitana y abatir el rezago educativo del que forma parte esta región del país. En la actualidad existen grandes necesidades en el Estado de Jalisco y la región que nos ocupa no es la excepción, la educación en esta área geográfica es muy precaria, por ello la realidad sociocultural de esta zona geográfica es muy deficiente y los espacios educativos no son suficientes para la gran demanda de educación de los habitantes, por lo que son limitadas las oportunidades de educación para la sociedad que habita en esta región para los estudiantes de nivel bachillerato, así como licenciatura (DOF, 7 de mayo de 2012).
Y en cuanto a la indemnización que por ley debe cubrirse en caso de expropiación de terrenos, encontramos que como la expropiación es a favor del municipio de Tonalá, es el municipio quien debe cubrir por indemnización una cantidad de $116´950,654.00 pesos, como se muestra a continuación:
TERCERO.- […] Esta expropiación […] será a favor del Ayuntamiento Municipal de Tonalá, quien las destinará a la construcción del Centro Universitario Multitemático por parte de la Universidad de Guadalajara, debiéndose cubrir por el citado Ayuntamiento la cantidad de $116’950,654.00 por concepto de indemnización, la cual se pagará al ejido de referencia o a quien acredite tener derecho a ésta (DOF, 7 de mayo de 2012).
Resultando de este proceso el decreto con fecha del 3 de mayo de 2012, y publicado posteriormente el 7 de mayo del mismo año, donde se autoriza la expropiación del territorio, y se destina para las funciones específicas mencionadas anteriormente:
PRIMERO.- Se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 48-10-65 Ha, (CUARENTA Y OCHO HECTÁREAS, DIEZ ÁREAS, SESENTA Y CINCO CENTIÁREAS) de terrenos de temporal, de uso común, localizados físicamente en el Municipio de Tonalá, Estado de Jalisco, propiedad del ejido “SAN JOSÉ TATEPOZCO”, Municipio de Tlaquepaque, del propio Estado, a favor del Ayuntamiento Municipal de Tonalá, quien las destinará a la construcción del Centro Universitario Multitemático por parte de la Universidad de Guadalajara […].
SEGUNDO.- Queda a cargo del Ayuntamiento Municipal de Tonalá pagar por concepto de indemnización por la superficie que se expropia, la cantidad de $116’950,654.00 (CIENTO DIECISÉIS MILLONES, NOVECIENTOS CINCUENTA MIL, SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), suma que pagará en términos de los artículos 94 y 96 de la Ley Agraria, y 80 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, en la inteligencia de que los bienes objeto de la expropiación, sólo podrán ser ocupados mediante el pago que efectúe al ejido afectado o a quien acredite tener derecho a éste, o depósito que hará de preferencia en el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal o, en su defecto, establecerá garantía suficiente (DOF, 7 de mayo de 2012).
Convenio de custodia del área
Rojas (2017: 3) menciona acerca del área expropiada:
[…] uno de los asuntos públicos prioritarios es la atención del núcleo ecológico en el cual se localizan las presas Las Rucias y El Cajón, mismas que permanecieron bajo resguardado y administración de la “Sociedad Cooperativa de Producción Pesquera de las Rucias Negras S.C de R.L de C.V.”, sociedad conformada por habitantes del Núcleo Ejidal de San José Tatepozco, hasta el día 15 de agosto de 2012, fecha en la que se celebró el convenio de colaboración con el ejecutivo federal, donde se otorga a la Universidad de Guadalajara, la custodia, conservación y mantenimiento de la zona federal y cauces de las presas antes citadas (Rojas, 2017: 3).
Finalmente, el 15 de agosto de 2012 se firmó el convenio de coordinación con la Universidad de Guadalajara,6 que incluye como objetivo la conservación de las presas de “El Cajón” y de “Las Rucias” en el municipio de Tonalá.
Los actores que participaron en la firma del convenio y quienes se comprometieron a cumplirlo, son los que siguen:
Por parte del Ejecutivo Federal: la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y por conducto de la Comisión Nacional del Agua el Director General del Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacifico (La Comisión).
Por parte del municipio: el Presidente Municipal de Tonalá, Jalisco (El Municipio).
Por parte de la Universidad de Guadalajara: a través del Centro Universitario de Tonalá el Rector General sustituto, el Secretario General y el Coordinador Ejecutivo del Centro Universitario de Tonalá (La Universidad).
Como parte de los antecedentes para la celebración del convenio, se toma como base el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, vigente entonces, y contempla como parte fundamental:
… asegurar la sustentabilidad ambiental mediante la participación responsable de los mexicanos en el cuidado, la protección, la preservación y el aprovechamiento racional de la riqueza natural del país, logrando así afianzar el desarrollo económico y social sin comprometer el patrimonio natural y la calidad de vida de las generaciones futuras (CEA, Convenio RGS/238/2012: 2).
Dentro de los antecedentes también es importante mencionar el punto 5, ya que describe los problemas de la Federación y del municipio para conservar y dar mantenimiento a las presas:
5. Las indicadas zonas federales a cargo de “La Comisión” presentan características de longitud y superficie considerables en la geografía municipal lo que dificulta a la autoridad federal su custodia, conservación y mantenimiento […] las autoridades municipales destinan recursos humanos, financieros y materiales para la atención de los problemas que se generan en su ámbito territorial, por lo que su participación en la prevención de irregularidades en esos terrenos se ve limitada por factores como falta de competencia en los mismos ya que las riveras corresponden al dominio público de la federación, la atención de los problemas que se presentan en zonas urbanas es de competencia local. (CEA, Convenio RGS/238/2012: 3).
Dentro de las declaraciones del convenio, en la III.7 se establece que “para efectos de llevar a cabo el presente contrato se designa como responsable operativo del mismo al Centro Universitario de Tonalá por conducto de su titular” (CEA, Convenio RGS/238/2012: 6).
El objeto del convenio entre estos tres actores es la custodia, conservación y mantenimiento de la zona federal que incluye las presas, por parte del municipio de Tonalá en coordinación con la Universidad de Guadalajara.7
El documento consta de 12 cláusulas donde se describen los acuerdos, las responsabilidades, las acciones y los derechos, a los cuales se comprometen las partes.
En la cláusula tercera se describe el territorio que se entrega para su custodia:
Tercera.- “La Comisión” procederá a hacer la entrega a “El Municipio” para su custodia conservación y mantenimiento en coordinación con “La Universidad” de las zonas federal y de protección de las presas “El Cajón” y “Las Rucias” […] de los tramos de los ríos o arroyos ubicados en el territorio de “El Municipio” que comprenden los siguientes.
Presas | Dimensión |
“El Cajón” | 398,896.091 mts2 |
“Las Rucias” | 964,569.533 mts2 |
Total: | 1, 363,465.624 mts2 |
En la quinta cláusula se establecen los compromisos del municipio en conjunto con la Universidad, para llevar a cabo el objeto del convenio, que incluye la recepción de la zona para su custodia y conservación, solicitud de asistencia técnica en caso necesario, obligación de notificar sobre nuevas construcciones, ejecución de desalojos, acciones a ejecutar para el aprovechamiento de la zona y sobre la cobertura de la indemnización. A continuación se muestran los compromisos en extenso:
1 Recibir las zonas federales y cauces nacionales […] para su custodia, conservación y mantenimiento.
2 Solicitar a “La Comisión” la asistencia técnica que se requiera […].
3 Notificar a “La Comisión” sobre las nuevas construcciones que vayan a edificarse en terrenos que colinden con las zonas federales y solicitar a “La Comisión” el deslinde entre los terrenos particulares a aprovechar y los de propiedad nacional, así como el dictamen de los riesgos potenciales de inundación en las zonas a desarrollar.
4 Realizar en su caso, y sólo exclusivamente el Municipio, con el auxilio de la fuerza pública, el desalojo de invasiones en las zonas federales y la suspensión de obras en las mismas.
5 Efectuar los trabajos de conservación que permitan que las zonas federales permanezcan libres de obstáculos, escombro, basura y malezas.
6 Ejecutar acciones tendientes al aprovechamiento de las zonas federales para destinarlas a realizar, fomentar y difundir la investigación científica, tecnológica y humanística; rescatar, conservar, acrecentar y difundir la cultura, creando espacios de beneficio público como son: áreas culturales, de investigación y turismo ecológico así como en su caso las vialidades que se consideren necesarias para tales efectos, evitando la edificación de toda clase de obras y construcciones definitivas, que puedan obstruir el flujo de las aguas, modificar al curso de las mismas o alterar en forma parcial o total las condiciones hidráulicas existentes en las corrientes, lagos o lagunas de propiedad nacional a las que correspondan las zonas federales en administración y custodia.Para la realización de las acciones descritas en el presente inciso se suscribirá a la firma del presente convenio de colaboración entre “El Municipio” y “La Universidad”.
7 Cubrir oportunamente el importe de los derechos federales que causen por la explotación uso o aprovechamiento de inmuebles del dominio público (CEA, Convenio RGS/238/2012:9 y 10).
El convenio entró en vigor a partir de su firma y en su cláusula décimo primera se estableció que tendrá una duración de 30 años, pero que durante su vigencia se puede revisar, modificar o añadir lo que se considere necesario para los fines de conservación de la zona.
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