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Nuevo plan de fronteras de la provincia de Buenos Aires, proyectado en 1816

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Para que puedan perseguirse los vagos y delincuentes, que se refugian de la otra parte del Salado en sus montes, costas é islas, siendo á cargo del Gefe el mando de aquel departamento, como se dispuso á consecuencia de mi informe citado de 15 de Febrero de 814, será una de las primeras atenciones su persecucion, si voluntariamente no quieren tomar partido; y los que fueren aprendidos, se destinarán á las obras públicas, para evitar los daños que ocasionarian á las nuevas poblaciones, gentes tan perjudiciales, debiendo ser tan activa y vigilante esta disposicion que imponga respeto, y á virtud de ella, vivan seguros todos los ganaderos y hacendados del departamento, que puedan entregarse sin recelo á sus respectivas labores.

Levantados los planos, hecha la poblacion, y destinados los pobladores, se forma el padron de su vecindario en un libro maestro, que deberá estar firmando por el Gefe y su segundo: en él ya constará la delineacion del pueblo, nombres de sus calles, número de casas, y la que á cada poblador cupo y ocupa; teniendo agregado un plano topográfico á su fin, para la mas exacta inteligencia. Encabezando este libro el Gefe comisionado, de órden del Señor Gobernador, y el título de villa ó ciudad que antes haya tenido órden de ponerle: cuyo libro, planos, y demas que convengan remitir á la Superioridad para su aprobacion, deberán dirigirsele originales, como tambien las ordenanzas de policía que se crean convenientes para su modificacion ó ampliacion, segun pareciere á la Superioridad.

Entretanto habrá solo un capellan castrense, que administre los sacramentos á los fieles con la dotacion correspondiente, cuyo nombramiento convendrá recaiga en persona de respeto, y disposicion proporcionada á las necesidades que presenta una nueva poblacion, cuya doctrina y egemplo, modere la pravedad de unas familias escasas de civilidad y trato de gentes; y que, si es posible, sea de génio creador.

Cuando ya esta poblacion haya desenvuelto sus principios de agricultura, y que de ella saque su subsistencia y sea capaz de subministrarla á la siguiente en línea, procurará el Gefe emprenderla, comunicando antes con el Gobierno las medidas de su disposicion, manifestàdole el estado de aquella primera, por si conviniere darle una nueva forma de gobierno político, ó hacerla reconocer por comisionados de su satisfaccion, que impuestos de las localidades y progresos de que fuese susceptible, le informen sin equivocacion la verdad de lo obrado.

La compañía de su dotacion, y oficiales de ella, quedarán igualmente señalados, y aunque segun convenga, deberá marchar la demas fuerza, esto deberá entenderse provisionalmente; pero que su fija residencia habrá de ser en aquella fortaleza, así por el resguardo en la defensa de enemigos, como por el órden y persecucion de vagos, é igualmente para estar mas á la vista y cuidado de sus familias y labores, que teniendo, como deben, la cualidad de vecinos y arraigados, defenderán mas ahincadamente sus hogares y propiedades, y serán las mejores centinelas contra toda clase de personas que se introduzcan en su jurisdiccion, y puedan ser sospechosas: que por tales se tendrán las que se encuentren sin recaudos para su tránsito, y siendo inflexibles en esta medida política, bien presto desaparecerán los mal entretenidos y ociosos, y se establecerá la sana moral, virtud, órden político y civil en la primera nueva poblacion.

Entre tanto se establecen fondos del comun para dotacion de escuelas, no podrán estar sin ellas, y será uno de los primeros cuidados del que les instruya en las primeras letras y doctrina cristiana, les incline al cultivo y labranza de las tierras por via de entretenimiento. Para ello se señalará un terreno con el nombre de vivero, en donde siembren y cultiven de todas legumbres y flores, y principalmente de árboles frutales de conocida utilidad. Estos ensayos, que al mismo tiempo que hacen la diversion de los niños desde sus primeros años, los dejan instruidos y aficionados, para ejecutarlo con aprovechamiento en su mayor edad.

Debe darse solar y tierras al que quiera avecindarse en dicha poblacion dentro del primer año de su fundacion, si es casado, y no se le dará al soltero si no fuere artesano: pero á unos y otros con la precisa condicion de residir diez años, y antes no podrá vender ni enagenar su propiedad, y lo que en ella hubiere adelantado, y en caso de retirarse perderán todo lo obrado, y quedará en favor de la comunidad.

Desde el dia en que se publicáre solemnemente la aprobacion del padron, repartimientos y propiedades asignadas, con el nombre y titular de ciudad ó villa, deberàn correrles diez años á sus pobladores, libres de todos derechos, en los frutos de sus cosechas, ramos de su industria, diezmos y primicias, y lo mismo de todos los efectos y frutos que necesite extraer de la capital para su consumo, atendiendo á los muchos costos que unos y otros deben tenerles en sus conducciones.

Debiendo ser un nuevo departamento militar y político del Salado al S, á cargo de este Gefe comisionado, es uno de los puntos mas importantes de su comision levantar el plano topogràfico de aquellos terrenos, para que se distribuyan en justicia à los pobladores con preferencia, y sin perjuicio de los hacendados ya establecidos: porque siempre debe tenerse muy en consideracion à su trabajo impendido, á sus fondos puestos en ellos, y à su disposicion y facultades, porque esta medida precautiva de enormes posesiones, y de evitar los simulados patrimonios feudales, no es ni puede entenderse para destruir ni arrancar; al contrario, es para edificar y plantar. Podràn ser, y en efecto son necesarias, establecer varias poblaciones subalternas, desde el Salado à la poblacion capital, y estas no se verificarán si se enagenan campañas inmensas que lo embaracen.

La falta de este òrden tiene sembradas nuestras campañas de familias incultas, que como los hijos de Noè se han dilatado en un mundo desierto, y hoy llaman toda la atencion del Gobierno para poderlas establecer civilmente. La falta de propiedad, aunque una posesion inmemorial se la haya dado, hace que anden errantes, porque se apareció un propietario por una reciente denuncia, que ò los desaloja ó hace feudales. De este desgraciado principio nacen las despoblaciones, la ruina del Estado, y la muchedumbre de males y enormes excesos que se cometen: con los cuales están tan avenidos y familiarizados, que parece peligra la verdad si no los viésemos casi desnudos, endurecidos con las intemperies, è insensibles á sus males.

Este género de vida, adoptada por la clase de gentes referida, y perpetuada como herencia de padres à hijos, hace que la repeticion de actos hóstiles se haya hecho en ellos un habito de robar y matar, y que siempre huyendo de la poblacion sin respeto y autoridad, se entreguen á una vida feroz y salvage.

Este remedio indicado para el arreglo de estas campañas, y que solo quedó en los primeros pasos de su desenrolle, debe llevarse à debido efecto: pero mientras esto sucede, no debe permitirse se inficionen y contaminen las nuevas poblaciones y sus jurisdicciones, si el estado ha de recibir todo el incremento y riqueza que le presentarán unos brazos ahora inútiles por falta de direccion.

El armamento, municiones y útiles, y subsistencia de esta expedicion estaban detallados, y cuando ya no existan unos, y otros no puedan realizarse de los fondos de la municipalidad en que estaban consignados, puede ser difícil arbitrar otros, hasta que las mismas nuevas poblaciones presenten uno exclusivo para sus adelantos, que tampoco lo creo inaccesible.

Cuando las observaciones que dejo hechas no se estimen oportunas al fin que me he propuesto, al menos espero que se reciban como unos sentimientos de sinceridad, y deseos del bien general de la provincia y estado, cuya felicidad he procurado siempre con el mayor anhelo, y por todos los medios posibles.

Una estrepitosa mutacion de gobierno, que de ordinario arrastra la efervescencia popular, y dà ansa á la emulacion para que egercite sus pasiones innobles, ha podido acaso egercitar sobre mí la tropelia y prision injusta que sufrió mi persona el 16 de Abril próximo pasado, y que, conducido despues de uno á otro calabozo, me separase por fin á un confinamiento, y desde allí al presente, sin dárseme otra causa que el imperio de las circunstancias. Yo, bien cierto de mi inocencia, he guardado obediencia y respeto á las autoridades y un silencio profundo, porque entendí que el imperio de las circunstancias que me indicó la Superioridad en su oficio de 30 del mismo mes, era lo mismo que señalarme que los efectos de la revolucion no permitian otras discusiones. Pero convencido yo de la necesidad de buscar ensanches á nuestras fronteras, y que sin retardo deberia verificarse, no he podido dejar de manifestar por medio de los apuntamientos que quedan hechos, cuanto me ha parecido oportuno al logro de aquella interesante obra, sea quien fuese el ejecutor de ella, pues sobre la experiencia y conocimientos que me han marcado las sendas que parece deben seguirse, será fácil determinar las operaciones ulteriores que aseguren el propuesto fin, quedándome la satisfaccion, de que en medio del confinamiento, no he podido mirar con indiferencia todo lo que es en beneficio comun, y en honor del Superior Gobierno á quien dirijo esta memoria, desde este pueblo de Moron, à 8 de Marzo de 1816.

PEDRO ANDRES GARCIA.