De damnificados a víctimas

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Gráfica 2. Distribución de los préstamos otorgados por departamentos o ciudades


En la gráfica 2 se observa que Bogotá recibió 78% del monto total de los préstamos; Atlántico 7%; Caldas 3%; Tolima, Cundinamarca, Antioquia, Sandander y Bolívar 2% cada uno; Cauca y Valle del Cauca 1% cada uno, y Chocó, Norte de Santander y Magdalena recibieron créditos pequeños que no alcanzan 1 por ciento.

En el caso de Atlántico, por ejemplo, la firma Leonidas Lara e Hijos recibió préstamos por las pérdidas del edificio situado en la calle 39 número 2-5 de Barranquilla.

Uno por la suma de $277.067.00, con garantía que el banco les ha otorgado de acuerdo con los datos suministrados por la Junta Nacional de Reconstrucción, en su condición de damnificados en bienes raíces, por los sucesos del mes de abril del año pasado. Un otro, adicional, a los mismos señores Lara, con garantía hipotecaria del inmueble ya citado, por la suma de $100.000, con cinco años de plazo y al 10% de interés anual.71

Como veremos más adelante, la familia Lara eran de comerciantes reconocidos que fueron beneficiados por las políticas del gobierno nacional para los damnificados.

La misma junta directiva del Banco de la República, encargada de los préstamos a damnificados en bienes raíces, admitió, en enero de 1949, que la mayoría de ellos se concentraba en Bogotá: “El señor ministro de Hacienda destaca la necesidad de que, de preferencia, se hagan préstamos a los damnificados de provincia, tales como los de Ibagué y Armenia, ya que fuera de Bogotá es muy poco lo que se ha hecho al respecto”.72

Las cifras presupuestadas por el gobierno nacional, destinadas por la Ley 90 de 1948,73 esto es, los 8 000 000 de pesos como parte del producto del empréstito contratado con el Export-Import Bank para ser invertidos en cédulas del Banco Central Hipotecario, serían suficientes para la reconstrucción de los inmuebles destruidos.

Los beneficiados con estos créditos hipotecarios durante 1949 fueron: Enrique Ancízar; Cecilia Monroy de Ancízar; Luis Camacho Matiz y Leonilde Matiz de Camacho; Lucrecia Maldonado de Dusan; El Siglo, S. A.; Fermín Gómez; Carmen Portocarrero de Guerra; Horacio Hernández y Magdalena Mariño de Hernández; Miguel Jiménez López; Lucrecia Álvarez de Lago; Leonidas Lara e Hijos; Alfonso López; Margot Dávila de López; Helena Nieto de Valenzuela y Julia Nieto C.; Guillermo Hoguera; Carlos J. Peraza; Emma Echeverri de Posada; Elisa Umaña y Hermanas; Inés Mejía de Velásquez; Arzobispado de Bogotá; Edificio Calle Real, S. A.; Edificio Victoria, S. A.; Gimnasio Femenino; Compañía Inmobiliaria, S. A; Casa Santander, S. A (Hotel Regina), y Salas de Asilo.74

Tanto por los apellidos como por los avalúos sobre los cuales se realizaron los primeros créditos hipotecarios se puede concluir que se trata de personas y empresas con un capital sobresaliente para la época, lo cual reafirma justamente una “escala del duelo social” en la que los que se consideraron damnificados del 9 de abril fueron también sectores privilegiados de la sociedad, que además eran dueños de algunos edificios de zonas cardinales de la ciudad. Veamos con detalle algunos de ellos.

Enrique Ancízar Soto y su esposa Cecilia Monroy de Ancízar pertenecían una familia reconocida en el país. Enrique era hijo de Jorge Ancízar Samper y Elisa Soto Menéndez; su padre pertenecía a la familia Samper, que era de gran importancia en el país, y su abuelo fue Manuel Ancízar Basterra, ministro de Relaciones y representante diplomático en Chile. El propio Enrique Ancízar Soto era ingeniero con estudios en Argentina y en Estados Unidos; había sido diputado a la Asamblea de Cundinamarca por el partido liberal, dueño de Tavares Cía. e Industria de Cereales y uno de los fundadores de la Sociedad de Agricultores de Colombia, de la cual fue presidente. También fue integrante de la junta directiva del Banco de la República.

Leonilde Matiz de Camacho y Luis Camacho Matiz eran la esposa y el hijo, respectivamente, del señor Nemesio Camacho, quien había sido ministro de Obras Públicas del gobierno de Rafael Reyes, senador y representante de la cámara por el partido Liberal y gerente del Banco Central, del Tranvía de Bogotá y del Ferrocarril del Pacífico. Era dueño de la hacienda El Campín. Después de su muerte, en 1929, en un terreno de su donación, se construyó el estadio de futbol de la ciudad de Bogotá. Luis Camacho Matiz, su hijo, fue concejal de la ciudad de Bogotá.

Carmen Portocarreño de Guerra era la viuda de José Joaquín Guerra, político conservador, quien había sido magistrado del Tribunal Superior de Bogotá y secretario general de la Presidencia y del Consejo de Ministros durante la adminsitración de José Manuel Marroquín. Uno de sus hijos, Leopoldo Guerra Portocarrero, estaba casado con Elena Lleras Restrepo, hermana de Carlos Lleras Restrepo, quien ya había sido representante en la cámara, contralor general de la nación, ministro de Hacienda (1938) y posteriormente presidente de Colombia (1966-1970).

También fue beneficiado el destacado jurista Horacio Hernández y su esposa Magdalena Mariño de Hernández, padres de Cecilia Hernández Mariño, casada con Carlos de Mendoza Vargas, quien fue ministro de Minas y Petróleos durante la presidencia de Alberto Lleras Camargo.

El médico y político Miguel Jiménez López, “ministro de Gobierno en 1922, representante a la Cámara, senador de la República, presidente del Directorio Nacional Conservador […] representante de Colombia con carácter de embajador ante la Asamblea de las Naciones Unidas en 1951”75 fue otro de los beneficiarios.

Asimismo, entre los beneficiarios de estos créditos subsidiados por el Estado estaba Leonidas Lara, nacido en Yarumal, Huila, en 1855, quien había iniciado su vida como empresario del añil, en el negocio de la sal, en la exportación de café y, en general, en la exportación e importación de bienes. Tenía inversiones en ganadería (la finca Larandia, en Caquetá, poseía 28 500 hectáreas) y transporte con la Compañía Naviera de Cundinamarca. En 1924 creó la empresa Leonidas Lara e Hijos, con sus hijos Luis, Rómulo y Oliverio, la cual, entre otras cosas, se dedicaba a la venta de vehículos Pontiac y Cadillac, así como al ensamblaje de automóviles, primero en sus bodegas y luego como fundadores de la Compañía Colombiana Automotriz. La compañía de Leonidas Lara tenía acciones en la Compañía de los Buses Rojos, una de las beneficiadas cuando los tranvías quemados el 9 de abril decidieron no reanudar operaciones.76

Emma Echeverri de Posada, hija de doña Emma Cortés Bunch y don Gabriel Echeverri, exportador cafetero, quien en 1906 encargó a Gastón Lelarge la construcción del Palacio Echeverri en la carrera octava de Bogotá, el cual habitó su familia hasta 1953. Esta familia era dueña de la casa comercial Echeverri Hermanos Compañía, la más importante de finales del siglo XIX en Colombia. El abuelo de Emma Cortés, don Enrique Cortés Niño, fue secretario de Estado en 1867, ministro plenipotenciario del general Santos Acosta en Estados Unidos en 1868, ministro de Relaciones Exteriores del general Reyes, representante al congreso en 1870, director de Instrucción Pública y ministro plenipotenciario en Londres y en Washington de 1906 a 1909. Su hermano, Carlos Echeverri Cortés fue ministro de Relaciones Exteriores y embajador en México y en Perú.

Como podemos confirmar, las principales beneficiarias de los créditos hipotecarios fueron familias de la élite económica bogotana, muchas veces directamente ligadas a la clase política. Debemos destacar que las indemnizaciones y las excepciones tributarias a comerciantes fueron más “democráticas”, mientras que las beneficiarias de los créditos con garantía hipotecaria del Estado en su mayoría fueron las élites “damnificadas” en los hechos de abril de 1948. Veamos dos ejemplos de los montos de estos préstamos.

A la Casa Santander, S. A. (Hotel Regina), por 190 800 pesos en forma de hipoteca abierta convertible, para la reconstrucción del edificio que estaba ubicado en la calle 16 con la carrera séptimo de Bogotá, garantizado con el mismo inmueble; préstamo otorgado por el Banco Central de acuerdo con los datos de la Junta Nacional de Reconstrucción. El edificio, una vez terminada su reconstrucción, se estima en 1 289 900 pesos y su renta mensual en 6 472 pesos.77

A la señora Inés Mejía de Velásquez, por 24 429 pesos en forma de hipoteca abierta convertible, destinado a la reconstrucción del inmueble distinguido con los números 18-80 a 18-86 de la carrera séptima de Bogotá, que fue aprobado de acuerdo con los datos suministrados por la Junta Nacional de Reconstrucción. También se autoriza el préstamo adicional que, 150 000 pesos en moneda corriente, aprobó el Banco Central a la señora Mejía de Velásquez, con garantía del mismo inmueble, en forma de hipoteca abierta convertible, a cinco años de plazo y con un interés de 10% anual. El citado inmueble, una vez terminada su reconstrucción, tendrá un valor comercial de 897 025 pesos y una renta mensual aproximada de 7 581 pesos, según el concepto del perito de dicho banco.78

Además, se debe subrayar que estos préstamos se concentraron en Bogotá, aunque la política expedida por el gobierno era de carácter nacional. En consecuencia, las reparaciones, las indemnizaciones y los créditos fueron muy favorables para la oligarquía bogotana.

El debate sobre una ley general de rehabilitación

Como se ha visto, en los meses posteriores a los hechos del 9 de abril de 1948 el gobierno expidió varios decretos reglamentarios referentes a la rehabilitación de comerciantes y propietarios. Pero en el debate público destacaba la necesidad de una ley más general. Tanto por la cámara como por el Senado pasaron distintos proyectos que tenían este objetivo, pero no prosperaron. En la sesión del 16 de noviembre de 1948, tras un intenso debate en la cámara, se aprobó el proyecto de ley “por la cual se dictan medidas para la rehabilitación económica de los damnificados en los sucesos del 9 de abril y siguientes”.79 En este proyecto no se utilizó el término “reparación”, sino “rehabilitación económica de los damnificados”.

 

El 22 de noviembre de 1948, el presidente de la nación envió un mensaje al Congreso Nacional exponiendo la necesidad de convertir en legislación permanente los decretos extraordinarios de la rama ejecutiva dictados en ocasión del estado de sitio. El gobierno presentó entonces, entre otros, el proyecto de ley “por el cual se dictan medidas para la rehabilitación económica de los damnificados” (decretos 1261, 1410, 1465, 1766, 1792, 2352).80

En la discusión en el Congreso, el presidente Ospina Pérez dividió en tres grandes grupos las medidas tomadas por el Ejecutivo y por el Consejo de Ministros durante los días subsiguientes al 9 de abril:

En primer término, se atendió a las medidas de carácter jurisdiccional y de restablecimiento inmediato del orden y de la seguridad tanto en el juzgamiento de los delitos de distinto orden, como en la reorganización de aquellas instituciones que, como la Policía Nacional, habían incurrido en graves faltas en el cumplimiento de sus deberes para con la sociedad y para con el Estado. Con el fin de atender al incremento de la agricultura y de organizar un ambiente de bienestar social y de equilibrio entre las distintas fuerzas económicas que integran esa primordial actividad nacional, el gobierno ha dictado medidas de significativas proyecciones, como la que crea el Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa Forestal, la que organiza el Instituto Algodonero, la que establece nuevos recursos para el desarrollo de una intensa campaña de defensa de nuestra industria ganadera, la que sienta las bases para una fundamental lucha antialcohólica, la que obliga a los patronos al suministro de calzado sus trabajadores, y el decreto que facilita el programa tendiente a dotar de habitaciones a los campesinos. Al lado de estas normas directamente vinculadas con la situación económica y social de nuestros trabajadores rurales se han tomado medidas encauzadas al mejoramiento de las clases urbanas, y especialmente de quienes sufrieron notorios perjuicios en su patrimonio y actividades con motivo de los sucesos del pasado mes de abril.81

En esta intervención Ospina Pérez reconoció que las medidas para los afectados en su patrimonio estaban encaminadas a los sectores urbanos, mientras que las medidas para los sectores rurales se dirigían a la reactivación de actividades del campo y de derechos sociales, pero no a los directamente afectados por la violencia. De esta manera, los decretos ya mencionados también fueron discutidos ampliamente por las bancadas del Congreso.

Igualmente, el 23 de noviembre de 1948, la comisión tercera del Senado discutió el proyecto de ley “por la cual se dictan normas generales sobre auxilio a los damnificados por la violencia política”.82 El autor del proyecto fue el representante Andrés Augusto Fernández, y era de interés del Partido Liberal que se aprobara; sin embargo, también generó gran debate sobre la violencia y la responsabilidad del gobierno nacional y finalmente tampoco fue aprobado.

Los dos proyectos de ley referidos fueron presentados uno justo después del otro y deben entenderse como parte de la misma intención del Partido Liberal. Así lo señalaban también los congresistas conservadores que se opusieron a ellos, cuyos argumentos evidenciaban una concepción particular de la violencia y las víctimas.

Uno de los principales opositores de los proyectos de ley de reparación fue el representante Raimundo Emiliani Román,83 conservador laureanista, conocido por sus elocuentes debates en la cámara y luego en el Senado en defensa de la religión y de las costumbres tradicionales. Su argumento central era que estas leyes “premiarían” a quienes protagonizaban la violencia:

Se trata de un proyecto que sobra en nuestra legislación, ya que las actuales leyes colombianas consagran el derecho de pedir por las vías legales una indemnización o reparación cuando se nos causa algún perjuicio. Agrega que, en segundo lugar, sería planificar la violencia en este país, y por consiguiente la Unión Nacional que se ha realizado con el concurso de los hombres más eminentes de los partidos políticos sufriría un colapso, ya que al aprobar el proyecto se industrializaría la violencia y se perturbarían la concordia nacional. Dice además que sería premiar a los que conspiran contra las autoridades legítimamente constituidas.84

Para la bancada conservadora, liderada por Emiliani, el proyecto de auxilio a los damnificados fomentaría la violencia y favorecería a quienes estaban en contra del gobierno. Además, uno de los temas que generó más controversia fue el de las implicaciones de la “violencia política”:

El honorable representante Emiliani manifiesta que la violencia política no sólo la ejercen las autoridades, sino también los particulares, luego la ley, que tiene un sentido unilateral, debería ser de carácter general. El representante Martínez Vega manifiesta su extrañeza de que el honorable representante Emiliani hable de violencia política por parte de las autoridades; dice que eso no es posible ni el proyecto lo dice; que nadie podría entender que el Estado, como regulador de las normas que nos rigen, como protector del derecho a la vida y bienes de los ciudadanos, pueda ejercer violencia política […]

El honorable representante Emiliani aclara que el proyecto se prestaría a falsas interpretaciones, y entonces a todos los actos de violencia ejecutados trataría de dárseles el carácter de políticos. Pide a la comisión medite suficiente sobre este particular. El honorable representante Martínez Vega dice que el Estado no puede ejercer la violencia sino para reprimir actos que atenten contra la constitución y las leyes, y hacer que las cosas retornen a la normalidad […] El representante Pedro Nel Rueda Uribe dice que este proyecto es eminentemente político y que el Partido Liberal lo presentó con ese criterio. Anota que los incidentes personales se pueden disfrazar fácilmente como actos de violencia política.85

Más que un debate sobre la rehabilitación económica o el auxilio de los damnificados, la discusión de los proyectos de ley se convirtió en una disputa sobre el carácter de la violencia detonada el 9 de abril, la cual, por cierto, aún continuaba en aquellos días. En el fondo, se discutió la responsabilidad del gobierno nacional y de los partidos políticos por esa violencia. La pregunta que parece quedar sin respuesta es la siguiente: ¿qué responsabilidad tiene el Estado en los hechos de violencia?

Durante los debates parlamentarios el representante Eliseo Arango86 preguntó “¿por qué el Estado debe indemnizar por actos cometidos por particulares?” Arango también se cuestionó si la reparación material era un problema público en el cual debía intervenir el Estado o si era un asunto de violencia que debía resolverse entre particulares. Como político conservador cercano al presidente Mariano Ospina, expresaba justamente su negativa a que la violencia y las víctimas se reconocieran como un problema sobre el cual el Estado tenía que intervenir más allá de lo que disponía la legislación existente, y también negaba que las autoridades gubernamentales estuvieran involucradas en los hechos de violencia. Este posicionamiento evidenciaba la oposición del Partido Conservador a considerar a las víctimas como problema público, así como la ausencia de un consenso político sobre el tema.

Por su parte, algunos representantes del Partido Liberal —que, como se ha mencionado, había impulsado los proyectos de ley— conformaron una “junta de reparación” en el seno del partido. Desde abril de 1948, el partido propuso una reparación a favor de su militancia. La Dirección Nacional Liberal, reunida el 15 de abril, con la asistencia de todos sus miembros, acordó auxiliar a las familias de las víctimas liberales muertas en el marco de los hechos del 9 de abril. Con ese motivo, emitió una resolución en los siguientes términos:

Primero. El partido reconoce como un deber de solidaridad colombiana la necesidad de acudir en auxilio de quienes han sido víctimas de los trágicos acontecimientos registrados en los últimos días.

Segundo. Constitúyase en la capital de la República una junta que, en contacto con las autoridades y con las otras entidades y personas que actúan en el mismo sentido, cumpla las siguientes funciones: levantar el censo de las víctimas, estudiar las condiciones económicas de sus familias y determinar la cuantía y naturaleza del auxilio que deba prestarse; recaudar por suscripción popular los fondos necesarios para la presentación de ese auxilio.

Tercero. Invítese a los directorios liberales de los departamentos a que constituyan juntas similares y con las mismas funciones en todos los lugares que ello fuere necesario.87

El 16 de abril de 1948 la junta liberal fue instalada formalmente por la Dirección Liberal Nacional en las oficinas de El Tiempo. En el acto, Carlos Lleras Restrepo, dirigente del partido, explicó las finalidades de la junta y la necesidad de instrumentar una rápida ayuda a las familias de las víctimas liberales.88 Destaca que se hable de víctimas y no sólo de propietarios o comerciantes damnificados. En esta resolución interna del Partido Liberal sí se utilizó el término “víctimas”. Es decir, los liberales repararon a los liberales, seguramente por la desconfianza que existía respecto del gobierno conservador. En la práctica, esta reparación entre liberales a las familias de sus militantes víctimas fue mínima, pues el Partido Liberal no contaba con la maquinaria del Estado, pero evidenció la ruptura entre los partidos políticos, incluso para la reparación y la ayuda a los damnificados.

Finalmente, ninguno de los proyectos de ley de rehabilitación económica o de auxilio que definían a la violencia como un acto político fue aprobado. El congreso y el gobierno impulsaron y aprobaron leyes y decretos que partían de una concepción neutral de la violencia, de carácter más bien de “socorro” o asistencialista a todos los damnificados, y no de restauración de derechos a quienes fueron afectados. Esto es, no se reconoció la responsabilidad del Estado. Por eso, la que sí fue aprobada fue la Ley 49 de 1948 (22 de noviembre), “por la cual se provee a la creación del Socorro Nacional en Caso de Calamidad Pública”, y que reglamentaba dicho “socorro” pero en ningún momento reconocía la violencia política o definía la rehabilitación a las víctimas.

La Cruz Roja y la Ley de Socorro Nacional

La Ley 49 de 1948 decretó que entre la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana y los ministerios de Guerra y de Higiene se establecería y se coordinaría una organización de socorros para siniestros denominada “Socorro Nacional en caso de Calamidad Pública”, la cual tenía como propósito prestar auxilio a las víctimas de emergencias en cualquier lugar del país.89 Esa ley refirió como ejemplo lo realizado por la Cruz Roja Colombiana en materia de auxilio a los damnificados por los sucesos del 9 de abril de 1948.

La Cruz Roja se estableció oficialmente en Colombia el 30 de julio de 1915. Fue impulsada por Adriano Perdomo y por Hipólito Machado, con apoyo del presidente José Vicente Concha (1914-1918) y su ministro de Educación Emilio Ferrero, y con auspicio del arzobispo monseñor Bernardo Herrera Restrepo. En 1948 la Cruz Roja ya era una institución consolidada y con experiencia en el país, por lo que destacó ampliamente durante los sucesos del 9 de abril. Además, a partir del 10 de ese mes recibió el apoyo de la Cruz Roja estadounidense, que incluyó un avión con cargamento de medicamentos por 15 000 dólares, un cheque de 35 000 dólares y un experto en organización de emergencias, Maurice Reddy.90 Asimismo, el 15 de abril llegó al país Hubert Edward Russell, director de operaciones de la Cruz Roja estadounidense en el Caribe, quien se reunió con el ministro de Guerra, teniente general German Ocampo y con el ministro de Higiene Jorge Bejarano.91 Ante la situación, la Cruz Roja elaboró un plan de acción con base en las indicaciones del técnico Maurice Reddy, que incluía ayudas de dos clases: de emergencia, para satisfacer necesidades inmediatas, y de rehabilitación, para garantizar una ayuda más amplia a través del tiempo.92

 

La Cruz Roja fue la única institución que coordinó las labores de socorro por esos días, prestando los servicios de emergencia “sin distinción de clases sociales ni colores políticos”. El principal valor de la institución fue que se mantuvo independiente de los problemas sociales y políticos del país: “Muchos de los bogotanos con quienes hablé recuerdan la acción de la Cruz Roja estadounidense y de la colombiana, con reverencia, especialmente porque sabían que podían acudir a la Cruz Roja sin temor de persecuciones políticas”.93 Destacó como una entidad dispuesta a servir de manera humanitaria, sin importar partido político, en el marco de un intenso conflicto entre liberales y conservadores.

La Cruz Roja nacional realizó un censo de personas desaparecidas y de las ayudas entregadas: estadística de elementos para rehabilitación del trabajo, estadística de arrendamientos, estadística de elementos de alcoba, estadística de ropa personal y estadística de comedor y cocina. Según estas estadísticas, 1 200 personas recibieron ayudas. También los doctores y las enfermeras de la Cruz Roja realizaron visitas a las casas de los heridos durante más de tres semanas. Además de la atención de emergencia de salud, con médicos, enfermeras y voluntarios en sus sedes, la Cruz Roja mantuvo la entrega de víveres y ropa. Multiplicó los centros para el reparto de víveres y en diarios y por radio anunció las direcciones de los siete sitios adonde podía llegar cualquier persona necesitada de alimentos.94 Como podemos observar en la figura 2, la Cruz Roja publicó sus ofrecimientos de ayuda a los damnificados en el periódico El Tiempo.

La Junta Informadora de Daños y Perjuicios y el catastro de Bogotá realizaron censos de las edificaciones destruidas. Mientras que la junta registró las propiedades de comerciantes que presentaron denuncias, el catastro registró los edificios públicos afectados. Ninguna de estas instituciones públicas incluyó las viviendas populares destruidas. Fue la Cruz Roja la que se encargó de los registros de estas viviendas populares y entregó algunas ayudas a las familias afectadas. Muchas viviendas de bahareque y guadua, sobre las cuales no había documentos ni registros notariales de propiedad, no fueron incluidas en los censos oficiales. Quien atendió estos casos de socorros a las familias de las modestas viviendas destruidas también fue la Cruz Roja. Uno de los auxilios previstos para los que se habían quedado sin vivienda fue el pago de arrendamientos, que en un primer informe del médico Andrade Barriga cubría a 70 familias.95

Figura 2. Aviso de la Cruz Roja a los damnificados


Fuente: El Tiempo, 16 de abril de 1948, p. 2.

Además, la Cruz Roja se encargó de recoger los cadáveres. Un joven médico, Alberto Bejarano, quien luego sería presidente de la Cruz Roja, fue comisionado a esta tarea. Las autoridades militares pusieron a su disposición cuatro camiones de carga y un grupo de infantes de marina con los que el médico recorrió calles y hospitales en busca de los muertos para llevarlos al Cementerio Central.

En el acta de la reunión del Comité Central de la Cruz Roja Nacional, del 5 de mayo de 1948, quedó registro de la trascendente que resultó la acción de la Cruz Roja para el gobierno:

El señor ministro de Higiene, para reiterar el agradecimiento y el aplauso del gobierno nacional para la Cruz Roja por su maravillosa actuación, los que ya ha hecho públicos por medio de la radio, se refirió en los más encomiásticos términos a las actuaciones del presidente, doctor Jorge Andrade; de la enfermera jefe, señorita Beatriz Restrepo; de la directora de la Escuela de Enfermeras, señorita Blanca Martí, y de todo el personal de funcionarios, médicos, enfermeras y empleados de la institución que desde el primer momento estuvieron en sus puestos de servicio, con peligro muchas veces de sus propias vidas. Nunca tantos debieron tanto a tan pocos, dijo parafraseando un discurso de míster Winston Churchill y terminó prometiendo presentar a la consideración del Consejo de Ministros un decreto para dotar a la Cruz Roja de los recursos suficientes para llevar a cabo su viejo plan de organizar un Departamento de Socorro para casos de calamidades públicas… El señor presidente se refirió de manera especial a la cooperación generosísima de la Cruz Roja americana, que no solamente envió a Bogotá a dos de sus expertos en materia de socorro, sino que hizo llegar con grande oportunidad valiosos elementos para la atención de heridos y enfermos y concedió un auxilio de US $50.000. El comité, por unanimidad, dejó constancia de su reconocimiento para con la Cruz Roja americana.96

De esta declaración destaca el interés del ministro de convertir la actuación de la Cruz Roja el 9 de abril en política pública de socorro. De hecho, la Cruz Roja continuó haciendo frente a las emergencias generadas por la violencia tras los hechos de abril de 1948, evidenciando la debilidad estatal para responder a una emergencia y para proteger los bienes y la vida de los ciudadanos. La oportuna acción de la Cruz Roja llenó ese vacío y esa obligación le fue delegada por el gobierno nacional.

La Ley 49 del 22 de noviembre de 1948 constituyó la respuesta estatal y el cumplimiento del anuncio hecho por el ministro en la reunión del Comité Central de la Cruz Roja Nacional. Se trataba de institucionalizar el apoyo de la Cruz Roja Colombiana, en coordinación con los ministros de Guerra y de Higiene. Esta ley creó una organización denominada “Socorro Nacional en Caso de Calamidad Pública”, la cual tuvo “a su cargo en todo momento y en cualquier lugar del país el auxilio de las víctimas de emergencias”.97 El Socorro Nacional incluía la obligatoriedad de crear la Cruz Roja Juvenil en planteles educativos adscritos al Ministerio de Educación.

La ley fue reglamentada en el decreto 4231, de diciembre de 1948.98 Tanto el decreto como la ley hacían énfasis en la autonomía de la Cruz Roja para cumplir ese mandato legal, “por ser la única entidad imparcial y neutral”. Se entregó entonces a la Cruz Roja, una entidad internacional y no estatal, la responsabilidad de atender a las víctimas, tanto de las catástrofes naturales como de la violencia.

El 17 de abril de 1948, Maurice Reddy reportó que el número de muertos superaba los 500 y que podría llegar al doble de esa cifra, mientras que en los hospitales había 1 500 heridos y otros 1 000 necesitaban atención de enfermería y de primeros auxilios. Cuando Reddy se fue de Bogotá, el 27 de abril, escribió a sus superiores en Washington que la cantidad de muertes “puede haber excedido las 1 000 y que las lesiones fueron de 2 500”.99 Los hospitales y los médicos de la ciudad estaban sobrecargados.

El director de la Oficina Sanitaria Panamericana, doctor Fred Soper, estuvo en Bogotá durante la Conferencia Panamericana. Informó a la Cruz Roja estadounidense que la posición del gobierno nacional era tan precaria que no estaba tomando medidas para coordinar un programa de atención médica de emergencia y que los hospitales eran requeridos más allá de su capacidad.100 El reporte de este médico reafirma la falta de capacidad gubernamental para coordinar las medidas de atención humanitaria y de salud tras el 9 de abril, las cuales recayeron directamente en la Cruz Roja y en el personal de atención médica de los hospitales.

A modo de conclusión

Después de los hechos del 9 de abril de 1948 podemos constatar la escala social del duelo, pues en la práctica se constituyeron dos tipos de víctimas, sujetas a distintas medidas de reparación o rehabilitación: 1) los damnificados propietarios y comerciantes que sufrieron afectaciones en sus bienes inmuebles o en sus mercancías y 2) los heridos, las familias de los asesinados y los afectados por desabasto, objeto de políticas humanitarias y de socorro.

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