Ética y ciudadanía

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Los lineamientos de conducta de origen religioso, aunque heterónomos, son eficaces en la armonización que requiere la dinámica intersubjetiva. Además, porque hay una finalidad preestablecida como lo es la salvación y el poder gozar de la presencia de Dios. La misma existencia de las diferentes religiones exige normas y el cumplimiento de las normas se expresa en el comportamiento adecuado que contribuye al orden social. Sin embargo, el asumir una confesión religiosa tiene la expresión de la libertad en toda su dimensión, siendo una opción voluntaria que genera un compromiso o alianza para el cumplimiento de los preceptos sagrados.

LAS NORMAS JURÍDICAS

Las experiencias sociales más primitivas demuestran que toda organización exige jerarquización y esa jerarquización tiene que sustentarse en la autoridad. Si estas características no están presentes, entonces reinará la anarquía. El orden social exige control e imposición de conductas que permitan lograr el fin político, como lo es el bien común, y para ello son necesarios los poderes inherentes a toda autoridad. En la Antigüedad, estas normas eran explícitas, pero hacían parte del acervo oral, en lo que los latinos denominaban ius non scriptum.

Esta situación no permitía la claridad y objetividad en el momento de aplicar la norma; se podía incluso omitir en ciertas circunstancias, lo cual hacía que la justicia no se aplicara. Luego comenzó a aparecer por escrito la normativa que buscaba relaciones basadas en la justicia y la verdad, pilares filosóficos del derecho que harían posible la estabilidad de las instituciones sociales y políticas. El rastreo histórico nos indica que el Código de Hammurabi es el primer vestigio de lo que los latinos denominaron ius scriptum.

Los padres del Derecho —entendido como disciplina prescriptiva y como objeto de estudio sistemático— fueron los romanos, aunque la práctica a partir de normas obligatorias, coercibles, estaba presente en todos los pueblos organizados, como en el caso de los fenicios en asuntos relativos a las relaciones civiles y comerciales, y en el de los egipcios y los griegos que, aunque no desarrollaron un conocimiento sistemático en torno a la ley, sí atribuían a ciertas divinidades, como a Temis, la potestad de la alta justicia y asociaban estas prácticas de ley a asuntos religiosos donde el areópago era considerado un verdadero templo. En Grecia aparecen los primeros entendidos en el conocimiento de la Ley conocidos como logógrafos, entre los que se destacó Pericles.

Fueron los latinos quienes aportaron a la humanidad la fundamentación y el más rico desarrollo de la norma jurídica. Su experiencia histórica se remonta a las Doce Tablas, una especie de Constitución o marco general de la ley a partir del cual se interpretaban casos litigiosos de diverso orden. Los encargados de legislar en Roma fueron diversos según el periodo histórico; por ejemplo, de cierta manera, los Pretores, el Senado o el mismo Emperador. Toda esta experiencia, como la de los pretores urbanus (derecho civil) o peregrinus (derecho de gentes), contribuyó a la fundamentación del derecho y su normativa. Fue con el aporte de la experiencia del pretor peregrinus, encargado de administrar justicia en pueblos extranjeros sometidos política y jurídicamente por Roma, junto con el aporte intelectual de los iurisconsulti o iurisprudenti, filósofos del derecho, como se entendió el carácter racional y, por lo tanto, universal de los principios jurídicos fundamentales.

Se sella este avance en el conocimiento de la legalidad con el Código del emperador Justiniano, que es la recopilación de muchos siglos de experiencia en la aplicación de la justicia. Es tan importante la contribución de esta cultura que aún hoy la gran mayoría de los sistemas jurídicos del mundo están bajo la influencia del Derecho Romano.

No hay organización dentro de los Estados modernos que no esté regulada por normas jurídicas. Quienes desarrollan las propuestas legislativas en la mayoría de los Estados del mundo pertenecen a una de las más importantes ramas del Poder Público, la Legislativa. Esta posee su propia estructura, como en el caso de Colombia, bicameral, Cámara Alta y Cámara Baja, esto es, Cámara de Representantes y Senado de la República, aunque hay otras corporaciones públicas, como los concejos municipales con los acuerdos, las asambleas departamentales y el Ejecutivo con algunas disposiciones extraordinarias.

Las leyes tienen su propia clasificación; por ejemplo, la Ley Imperativa que rige obligatoriamente para todos los ciudadanos nacionales y extranjeros que se encuentren en territorio nacional, es decir que todos estamos bajo el imperio de la ley en un Estado social de derecho. La Ley Prohibitiva, propia del derecho penal, la cual prohíbe o inhibe ciertas conductas lesivas a la sociedad en cuanto a derechos, garantías e intereses (vida, honra y bienes). La Ley Dispositiva o Supletoria, que atiende las necesidades de casos particulares que, por lo general de la ley, no cubre; por ejemplo, en las cláusulas de un contrato o en derecho de sucesiones. La Ley Facultativa, que no prohíbe sino faculta para el ejercicio de ciertas funciones; es el caso de la facultad para dar fe pública otorgada a los contadores. Como se puede apreciar, son variadas las funciones de la Ley, pero todas son heterónomas por ser impuestas externamente con carácter obligatorio; la sanción puede ser económica o prisión.

La mayoría de las personas ven en la ley un elemento que restringe las libertades, entraba un proceso y causa incomodidades, pero no es así. Hay una frase lapidaria impresa en el frontis del Palacio de Justicia de Bogotá, en la Plaza de Bolívar, y atribuida al general Santander, que dice: “Colombianos: las armas os han dado independencia, las leyes os darán la libertad”, y esto es una gran verdad: cualquier sociedad sería insostenible sin un mínimo de normatividad jurídica.

Además debemos comprender que “toda buena ley es hija de una pésima costumbre”, lo cual nos sugiere la importancia de la legislación que atiende todos los ámbitos de las relaciones jurídicas, como lo son: el penal, el laboral, el civil, el mercantil, el internacional, el comercial, el aduanero, el tributario y muchos otros.

Estas razones permiten comprender que las normas no son exactamente las mismas para todos los Estados; este es el derecho comparado. Así que, por una parte, damos a conocer nuestro comportamiento en la normatividad jurídica, y por otra, la norma es una herramienta necesaria para regular la conducta social y hacer posible la convivencia humana.

LAS NORMAS ÉTICAS

La reflexión ética es producto de la condición racional del hombre, que es capaz de conocer la naturaleza de sus actos morales. Esta capacidad se denomina conciencia moral y está soportada a su vez en la conciencia psicológica. La conciencia moral es una facultad educable y puede presentar algunas perturbaciones, producto de factores exógenos o del propio carácter. Están las llamadas desviaciones normales, intermedias y anormales o patológicas, que interfieren con el conocimiento de la conducta propia o ajena.

La conciencia es la norma interiorizada de la moralidad; por lo tanto, se constituye en el ámbito subjetivo que legisla. En consecuencia, la norma moral es autónoma y, al ser trasgredida, la sanción es de fuero interno de la conciencia, un concomitante psicológico, un dolor moral conocido como remordimiento de conciencia.

El problema moral es problema de autonomía, pues no todos los individuos logran alcanzar esta etapa del desarrollo de la conciencia, según los estudios de algunos investigadores en el campo de la psicología. El juicio moral indica el grado en la madurez de conciencia, en la capacidad de reconocer y comprender las diferencias entre lo correcto e incorrecto, lo bueno y lo malo, establecida por el alcance universal de la racionalidad, sobre las fronteras de las culturas y de la historia que pueden llevar a una situación relativista.

Las normas que se han descrito son espontáneas y correspondientes a la naturaleza social del hombre, y por lo tanto, necesarias para el orden social y la convivencia. Sin estas categorías normativas no tendría expresión la cultura y jamás podría construir el hombre un tejido social que le permitiese satisfacer sus necesidades y resolver adecuadamente sus problemas. En la interacción humana, en su compleja relación intersubjetiva, los componentes normativos se constituyen en elementos imprescindibles dada la imperfección humana. Esto no quiere decir que estemos situando la norma por encima del hombre ni absolutizándola, lo cual sería ya una aberración; simplemente significa que sin estas herramientas normativas cualquier cosa puede pasar.

ACTIVIDAD: EL CONTRATO DIDÁCTICO

Debido a que uno de los objetivos principales del acto educativo es la modificación de comportamientos, espacios como las aulas, los talleres, los laboratorios, etc., se convierten en lugares para el ejercicio del poder. En la educación superior, una tensión exacerbada entre las expectativas del profesor y las expectativas de los alumnos puede anular la posibilidad de aprendizaje.

El contrato didáctico plantea una reconfiguración del modelo profesor (autoridad performativa), contenido (autoridad epistemológica) y estudiante (objeto sin autoridad), por el modelo profesor (agente líder), estudiante (agente proactivo) y contrato (agente procesual). En este sentido, el profesor y el estudiante deben compartir los mismos intereses y sentir que el trabajo del otro es provechoso para ambos. A continuación mostramos, a manera de ejemplo, cómo una situación desfavorable para el aprendizaje puede ser mejorada mediante la creación de un contrato didáctico:

En la asignatura de Comercio Internacional, jornada nocturna, del programa de Administración de Empresas de la Universidad Provincial, los estudiantes se habían mostrado desmotivados en las primeras tres semanas del semestre; algunos fallaban constantemente e incluso se comportaban de manera descortés comiendo o escuchando música en la clase. Al finalizar el primer tercio del programa, el profesor invitó a realizar un contrato didáctico para garantizar el aprendizaje en la asignatura.

 

Los estudiantes argumentaron que, aunque era evidente el dominio del profesor sobre temáticas como flujos comerciales a nivel global, organización del mercado bursátil por regiones y fluctuaciones estructurales del sistema capitalista, que eran las líneas centrales del seminario, no hallaban pertinencia o utilidad alguna para su formación. Efectivamente, la mayoría de ellos sobrepasaba los treinta años y ya era dueño de una empresa o llevaba años desempeñándose en un ramo, por lo cual sus expectativas se dirigían a la comprensión de los trámites necesarios para poder exportar. Por otro lado, los estudiantes manifestaron que el horario de clase los viernes, de 7:00 p.m. a 10:00 p.m., jugaba en contra de su voluntad en el momento de prestar atención.

El profesor reconoció que, aunque su trayectoria académica e intelectual lo había conducido por la macroeconomía, podía introducir elementos de la administración de pequeñas empresas en el programa, lo que le resultaba muy conveniente debido a que en este momento estaba desarrollando un informe para la Cámara de Comercio sobre las amenazas de las pymes ante la expansión comercial de los países de Asia Meridional. También manifestó que se sentía cansado por el horario, pero que, al ser profesor de cátedra, estaba sujeto a las disposiciones del Consejo de Departamento.

Luego de haber dejado explícitas las expectativas de uno y otro lado, se llegó a los siguientes acuerdos:

1 Se organizarían grupos liderados por un estudiante dueño de una empresa para investigar sobre un criterio o requerimiento para la exportación de las pymes y crear así una estrategia adecuada para la empresa.

2 El profesor se compromete a realizar cartas de presentación para que sus estudiantes puedan incluir sus colaboraciones como estudios de caso en el informe final presentado a la Cámara de Comercio y obtener los respectivos créditos.

3 Tanto profesor como estudiantes se comprometen a: utilizar el espacio de clase para presentar sus avances, preparar concienzudamente las exposiciones, mantener la regularidad de la asistencia y esforzarse por mantener la atención en cada actividad.

4 Los parciales bimestrales y las demás evaluaciones estarían derivadas de la actividad investigativa y seguirían un orden procesual y no acumulativo. El profesor y cada uno de los grupos convendrán la forma en que la calidad y el esfuerzo de su trabajo pueden ser apreciados.

5 Se mostraría respeto por el salón de clases guardando compostura, evitando comer, escuchar música, hablar por celular y hacer otras cosas que demostraran desidia o desinterés hacia las explicaciones del profesor o sus compañeros.

Con el anterior ejemplo quisimos mostrar el contrato didáctico como una salida ventajosa a las tensiones presentadas entre aspectos culturales, contractuales y éticos, en un espacio de construcción ciudadana como es el aula de clase. Debe quedar claro que solo existe contrato didáctico cuando:

Estudiantes y profesores ponen sus intereses sobre la mesa, exponen sus necesidades y deciden que la colaboración es favorable en igual magnitud para ambas partes.

Existe consentimiento mutuo de cumplir con el contrato y se dejan claras las condiciones o circunstancias en las cuales el contrato queda inefectivo.

Existe comprensión y claridad de ambas partes sobre la forma de evaluar y no se acude a tecnicismos cuando no se está de acuerdo con la apreciación de alguna de las partes.

Para saber más

Chavarría, J. (2006). Teoría de las situaciones didácticas. Cuadernos de Investigación y Formación en Educación Matemática, 2 (año 1). Recuperado de http://www.unige.ch/fapse/clidi/textos/teona%20de%20las%20situaciones%20didacticas.pdf

Franquet, T., Marín, D., Marqués, M. y Rivas, E. (2005). El contrato de aprendizaje en la enseñanza universitaria. Tarragona, España: Universitat Rovira i Virgili.

García-Bacete, F. y Fortea, M. (2006). Contrato didáctico o contratos de aprendizaje. Recuperado de http://www.recursoseees.uji.es/fichas/fm2.pdf

Przesmycki, H. (2000). La pedagogía del contrato. El contrato didáctico en educación. Barcelona: Graó.

Segunda parte

Propuestas éticas centradas

en el cuidado y la compasión

La ética del cuidado de sí{*}

Jorge Eliécer Martínez P.{**}

Constituir lo que podría ser un cultivo de sí o cuidado de sí permitirá una ontológica crítica de nuestro presente, es decir, una ética de la relación de sí consigo mismo, desde los criterios de un arte de la existencia. En efecto, cada época histórica establece relaciones de poder mediadas por expresiones verdaderas en un saber, que legitiman unas técnicas que permiten llevar a la práctica las finalidades perseguidas por los modos de vida imperantes. Por lo tanto, el sujeto se produce no solo en las relaciones que el poder y el saber generan en torno a la verdad. El saber también puede plantear el problema de la verdad sobre sí mismo, cómo hallarla, conservarla, justificarla, etc., desde un conjunto de técnicas que implican la participación voluntaria y decidida de quien ejecuta estas técnicas: las técnicas de sí o tecnologías del yo.

Ahora bien, es ese tema de la inquietud de sí, consagrado por Sócrates, el que la filosofía ulterior reanudó y terminó por colocar en el corazón de ese arte de la existencia que pretende ser. Es este tema el que, desbordando su marco de origen y separándose de sus significaciones filosóficas primeras, adquirió progresivamente las dimensiones y las formas de un verdadero cultivo de sí. Con esta frase hay que entender que el principio de la inquietud de sí ha adquirido un alcance bastante general: el precepto de que hay que ocuparse de uno mismo es en todo caso un imperativo que circula en un buen número de doctrinas diferentes; ha tomado también la forma de una actitud, de una manera de comportarse; ha impregnado las formas de vivir; se ha desarrollado en procedimientos, en prácticas y en recetas que se meditan, se desarrollan, se perfeccionan y se enseñan; ha constituido así una práctica social, dando lugar a relaciones interindividuales, a intercambios y comunicaciones, y a veces incluso a instituciones; ha dado lugar finalmente a cierto modo de conocimiento y a la elaboración de un saber (Foucault, 2001c, p. 43).

En efecto, el cuidado de sí es una noción indagada por Foucault por medio de la cual llama la atención frente a las prácticas de la libertad y las relaciones del poder. Para ello, inicia una extensa arqueología y genealogía por la Antigüedad clásica griega, helenística y romana con el propósito de establecer las técnicas, procedimientos y fines históricos por medio de los cuales un sujeto se constituye en una relación determinada consigo mismo.

Pero es de clarificar que el cuidado de sí implica también una relación con el otro en la medida en que, para ocuparse de sí, es preciso, en un primer momento, escuchar las lecciones de un maestro que guíe al conocimiento de la verdad. Y, en segundo lugar, desarrollar interacciones en un grupo, en el que se despliegue la libertad individual.

Tras haber estudiado el campo del poder tomando como punto de partida las técnicas de dominación, me gustaría, a lo largo de los próximos años, estudiar las relaciones de poder partiendo de las técnicas de sí. Me parece que en cada cultura la técnica de sí implica una serie de obligaciones de verdad: muchas coacciones se consideran importantes bien sea para la constitución, bien para la transformación de sí (Foucault, 1999d).

La ética se entiende como una práctica del cuidado de sí en la que la relación del individuo consigo mismo permite constituir al sujeto en fuente de conocimiento. Esto se logra por medio del autogobierno, denominado por Foucault tecnologías del yo, las cuales favorecen un espacio para que las personas, solas o con la ayuda de otros, efectúen cierto número de operaciones sobre su cuerpo, alma, pensamientos, conductas y maneras de ser; es decir, se transformen con el fin de alcanzar cierto estado. De esta manera, es posible considerar que, si las tecnologías del poder actúan sobre los individuos desde el exterior sometiéndolos a una “subjetivación” coactiva, las tecnologías del yo actúan sobre los individuos desde su interior permitiendo su constitución en sujetos éticos. Por consiguiente, se entiende por ética un arte de vivir, una estética de la existencia individual, un esfuerzo por desarrollar las propias potencialidades, una aspiración a construirse a sí mismo lejos de las exigencias de obedecer a un sistema de reglas o códigos que se pretenden universales. Así es como la ética del cuidado de sí presenta cuatro aspectos que se tendrán en cuenta en una arqueología y una genealogía en la constitución de una nueva subjetividad:

1 Ocuparse de sí no es una simple preparación momentánea para la vida: es una forma de vida, en la cual el sujeto se ocupa de sí, para sí mismo. Esto se consigue por medio de un modelo jurídico político: ser soberano de sí, ejercer autodominio, ser independiente.

2 La práctica de sí debe permitir deshacerse de todos los malos hábitos, de todas las opiniones falsas que se reciben de la multitud, de los maestros, parientes y allegados. Desaprender es una de las características importantes de la cultura de sí.

3 El cuidado de sí se concibe como un combate permanente. No se trata simplemente de formar, para el futuro, a un hombre o mujer de valor. Hay que dar al individuo las armas y el coraje que le permitirán combatir durante toda su vida.

4 La cultura de sí implica un conjunto de tecnologías de la vida, en el sentido de que, en el análisis que hace Foucault de la Antigüedad, devela que Sócrates, Séneca o Plinio no se preocupaban tanto por lo que venía después de la vida o de lo que pasa después de la muerte. Para ellos, el verdadero problema consistía en comprender qué práctica se debía aplicar a fin de vivir tan bien como se debería. Dicho enigma se convirtió en una tecnología del yo, la cual implica la reflexión sobre los modos de vida, la existencia, la manera de regular la conducta, de fijarse a sí mismo los fines y los medios. De esta manera, es posible considerar que la cultura de sí no es autista, sino que establece una serie de relaciones interpersonales, de apertura al otro e influencia sobre los demás y de algunos sobre sí mismo. Séneca en sus Cartas a Lucilio desarrolla esta dualidad de papeles: por una parte, se retira a su interior todo lo posible, pero, por otra, se relaciona con todos aquellos de los que puede extraer alguna enseñanza útil.

Este cuidado de sí se constituye en una ascética, en un entrenamiento de sí mismo por uno mismo que prepara al individuo para enfrentarse a cualquier imprevisto, endureciéndolo y haciéndolo indiferente respecto a las vicisitudes de la vida y a los embates de la fortuna, siempre imprevisibles. La ascesis es imprescindible, ya que el individuo por sí mismo es incapaz de conseguir la verdad; por ello, es preciso una transformación, una metamorfosis, que lo convierta en un sujeto capaz de acceder a la verdad. La pedagogía o paideia, cuyo objetivo es la transmisión de conocimientos y saberes al sujeto, tenía que acompañarse de una actitud psicológica que no solo transmitiera una verdad al individuo, sino que lo transformara en su propio modo de ser sujeto.

La ética del cuidado de sí se presenta en relación con el concepto griego, tan complejo como antiguo, de la epimeleia heautou, que los latinos traducen como cura sui, “cuidado de sí”. Dicho concepto resulta novedoso en cuanto Occidente ha trabajado siempre con respecto al conocimiento del sujeto por sí mismo o gnothiseauton, “conócete a ti mismo”, convirtiéndose en la máxima délfica que funda las relaciones entre el sujeto y la verdad. Dicho gnothiseauton labrado en piedra en el templo de Delfos, uno de los más representativos de la cultura griega, es presentado en el diálogo Alcibíades como principio de la más básica razón.

 

Con el fin de contextualizar la interpretación que se ha hecho del gnothiseauton, Foucault, en sus clases en el Collège de France, presenta las observaciones y estudios hechos por historiadores y arqueólogos. El primer argumento presentado para tal fin corresponde a

W. H. Rochester, quien plantea, en 1901, en un artículo de Philologus, que los principios délficos eran preceptos dirigidos a quienes iban a consultar al dios, que había de leerlos como una especie de reglas, de recomendaciones rituales relacionadas con el acto mismo de la consulta [...] Meden agan (nada de exceso)... Eggue (las cauciones) o no te comprometas con cosas que no puedas honrar. Y Gnothiseauton (examina bien en ti mismo lo que vas a hacer) (Foucault, 2001a, pp. 18-19).

Posteriormente, acude a otra interpretación dada al “conócete a ti mismo”, esta vez de parte de Defradas, en 1954, publicada en el libro Les thèmes de la propagande delphique. En ella, Defradas propone que gnothiseauton no es en absoluto un principio de autoconocimiento. Según este autor, esos tres preceptos délficos serían imperativos generales de prudencia: de “nada en exceso” en los pedidos, en las esperanzas, ninguna demasía, tampoco en la manera de comportarse; en cuanto a las cauciones, era un precepto que prevenía a los consultantes contra los riesgos de la generosidad excesiva, y con respecto al “conócete a ti mismo”, sería un principio según el cual hay que recordar sin cesar que, después de todo, uno no es más que un mortal y no un dios, y por lo tanto, no debe presumir demasiado de su fuerza ni enfrentarse con las potencias que son las de la divinidad (Defradas, 1954, p. 19). Teniendo en cuenta estos dos apartes, se puede considerar la manera como este precepto tomó gran importancia en la historia de la filosofía y, más aun, con la utilización que de él hace Sócrates en Alcibíades.

En dicho diálogo, Sócrates trata de conquistar a Alcibíades, quien a su vez revela su profundo deseo por iniciar su formación como político para ejercer dominio sobre los demás, tomando en sus manos el destino de la ciudad. Entonces Sócrates, empleando la mayéutica, le indaga sobre las riquezas que puede tener para tal fin; pero no se refiere a la situación económica, sino a su educación, pues en esto lo considera pobre con respecto a los que van a ser sus rivales. Los persas encargan la educación de sus príncipes a cuatro maestros: uno de sabiduría (sophia), el segundo de justicia (diskaiosyne), el tercero de templanza (sophrosyne) y el cuarto de valor (andreia). Mientras que Alcibíades, al quedar huérfano a temprana edad y siendo heredero de una gran riqueza material, es puesto bajo el cuidado de Pericles, quien encarga la educación del niño a un esclavo completamente ignorante llamado Zopiro de Tracia. En este contexto, Sócrates invita al joven a reflexionar sobre sí y a conocerse a sí mismo con el fin de compararse con sus rivales y descubrir su inferioridad bajo la noción gnothiseauton, “conócete a ti mismo”, haciendo referencia a un principio de prudencia, el cual coincide con la máxima inscrita en el templo de Delfos, dirigida a quienes van a pedir algo al oráculo. Esta misma recomendación también es dirigida por Sócrates a Cármides, otro joven que, al participar en la vida política de la ciudad, se hace merecedor, por parte del maestro, del mismo consejo con respecto a la prudencia de sus deseos y pretensiones conforme a lo que le está permitido desear en su accionar político.

Es así como la epimeleia heautou (inquietud de sí mismo), aun siendo una noción más auténtica y original dentro de la cultura griega, quedó relegada al gnothiseauton de los dos diálogos anteriormente mencionados, pues estos cobraron más valor cuando se divulgaron y ganaron importancia en el escenario tanto filosófico como cultural.

Los neoplatónicos de los siglos III y IV a. C. muestran la significación concedida a este diálogo y la importancia que asumió en la tradición clásica. Querían organizar los diálogos platónicos a la vez como pedagogía y matriz del saber enciclopédico. Consideraban el Alcibíades como el primer diálogo de Platón, era el primero en leerse y el primero en estudiarse. Era el arché. En el siglo II, Albino dijo que cada joven dotado que quisiera mantenerse alejado de la política y practicar las virtudes debía estudiar el Alcibíades. Este diálogo servía de punto de partida y de programa para toda la filosofía platónica (Foucault, 1990c, pp. 55-56).

Debido a la importancia que tomó el diálogo Alcibíades en la vida cultural y en el desarrollo filosófico del momento, la epimeleia heautou (cuidado de sí), quedó relegada siendo una noción, la más auténtica y antigua dentro de la cultura griega, pues se convierte en la fórmula fundadora de la cuestión de las relaciones entre el sujeto y la verdad. Por otra parte, es importante resaltar que ambas nociones aparecen alrededor del personaje de Sócrates, haciéndose más populares el Alcibíades y el Cármides que la Apología en la cual Platón desarrolla de una forma magistral la epimeleia heautou, resaltando la importancia que tiene el cuidarse a sí mismo y no ignorarse.

Es importante destacar que la epimeleia heautou conduce a una de las reglas más importantes y generales dentro de la cultura griega: debes ocuparte de ti mismo, no tienes que olvidarte de ti, es preciso que te cuides. Recomendación que se convierte en la tarea de Sócrates para con los jóvenes atenienses y una de las razones por las que es condenado por los sofistas de su tiempo. En la Apología, sus acusadores le increpan respecto a la vida que ha llevado, a la manera como ha enseñado, a los jóvenes con quienes ha compartido. Él, de forma serena, responde que se siente orgulloso de la manera como ha llevado su vida y que no dejará de filosofar e increpar a los atenienses para que dejen de ocuparse de la gran cantidad de cosas que despiertan su atención, como son su reputación o fortuna, pero no ellos mismos:

Querido amigo, tú eres ateniense, ciudadano de una ciudad que es más grande, más renombrada que ninguna otra por su ciencia y su poderío, y no te ruborizas al poner cuidado en tu fortuna a fin de incrementarla lo más posible, así como en tu reputación y tus honores, pero en lo que se refiere a tu razón, a la verdad y a tu alma, que habría que mejorar sin descanso, no te inquietas por ellas y ni siquiera las tienes en consideración. Y si alguno de vosotros contestara, afirmara que las cuida, su alma, la verdad y la razón, no creáis que voy a dejarlo e irme de inmediato; no, lo interrogaré, lo examinaré, discutiré a fondo (Platón, 1981, 1982, pp. 156-157).

Con estas palabras, Sócrates deja claro al tribunal que su principal tarea en la ciudad consiste en filosofar y exhortar a los atenienses para que no dejen de ocuparse de sí mismos, dando cabida a consideraciones que no merecen atención o, por lo menos, no tanta como para olvidarse de sí. En esta línea, se devela la manera en que, para los griegos, dicha ocupación de sí era una labor continua, pero no simplemente como una condición de acceso a la filosofía, sino como un principio de conducta racional que en cualquier forma de vida activa se convirtiera en una premisa de accionar moral.

En Hermenéutica del sujeto, Foucault presenta la manera en que, durante el desarrollo del pensamiento helenístico y romano, la incitación a ocuparse de sí alcanzó un nivel tan alto que se convirtió en un verdadero fenómeno cultural y, al mismo tiempo, en un acontecimiento en el pensamiento que atravesó toda la filosofía antigua desde el siglo V a. C. hasta los siglos IV y V d. C., es decir, toda la filosofía griega, helenista y romana, así como los inicios de la espiritualidad cristiana, y que en algún momento se dejó de lado, de tal forma que la filosofía occidental rehízo su camino dejando de lado la epimeleia heautou, para darle más valor al gnothiseauton.

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